¿Aplica la Ley de libre competencia al deporte?

Actualizado
  • 07/05/2018 02:00
Creado
  • 07/05/2018 02:00
Desde pequeños estamos inmersos en este mundo de ‘acuerdos de caballeros', roscas, etc., 

El término colusión denota por lo menos que dos agentes económicos estén involucrados en una misma conducta que falsea la competencia, donde sencillamente no hay una competencia real y efectiva, lo que hay es un acuerdo para favorecerse o beneficiar a otros.

Si nos adentramos en el deporte, desde las ligas más pequeñas hasta las ligas mayores, hay situaciones irregulares en donde se llegan a acuerdos para beneficiar a jugadores y comercializarlos, bloquear otros jugadores y equipos, o recibir algo a cambio; desde pequeños estamos inmersos en este mundo de ‘acuerdos de caballeros', roscas, etc., conductas que van acorde a la moral y ética de cada uno, no obstante, de alguna de estas conductas podría derivarse una práctica monopolística.

Cuando hablamos de libre competencia los ‘acuerdos de caballeros' pueden llegar a convertirse en prácticas anticompetitivas y en el caso de deportes profesionales, ya han habido demandas, por ejemplo en el fútbol americano, cuando en el año 2011 un grupo de jugadores liderados por el mariscal de campo Tom Brady, actuando todos, individualmente, y no como sindicato, invocaron la ley Sherman, estatuto antimonopolio que limita las restricciones al comercio y al monopolio en Estados Unidos y acusaron a la liga (NFL) y a sus 32 equipos de conspiración y prácticas anticompetitivas por negarles la posibilidad de comercializar sus servicios, ya que había un cierre patronal de liga; demandaban un aparente boicot y arreglos de fijación de precios de salarios de jugadores, así como una serie de conductas unilaterales impuestas para el canje o traspasos de jugadores en la agencia libre, bloqueos de jugadores, limitaciones a los salarios de jugadores novatos, etc.. Este caso fue desestimado por los tribunales y se resolvió con negociaciones y acuerdo entre las partes.

En Panamá se han investigado por prácticas anticompetitivas en deportes específicos y en temas asociados como la comercialización de derechos de transmisión y publicidad de campeonatos nacionales, ventas de bebidas y refrescos en los estadios.

La intención de este escrito no es señalar si hay colusión en un deporte, sino sencillamente recordarles a las personas naturales y agentes económicos de ligas, asociaciones, federaciones, campeonatos y mercados asociados, así como de cualquier deporte que se practique, que se pueden denotar conductas que conlleven a la existencia de prácticas anticompetitivas y que pueden ser denunciadas ante la Acodeco.

DIRECTOR NACIONAL DE LIBRE COMPETENCIA

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