Suspenden retención de impuesto inmueble

Actualizado
  • 28/12/2018 01:00
Creado
  • 28/12/2018 01:00
Los artículos suspendidos son el 8 y el 9 del Decreto Ejecutivo 362 del 29 de noviembre de 2018.

La Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia anunció ayer que suspende ‘provisionalmente, de forma parcial' los artículos del decreto ejecutivo que obligaba a los bancos, entidades financieras, cooperativas y demás instituciones a retener el impuesto inmueble de los contribuyentes.

Los artículos suspendidos son el 8 y el 9 del Decreto Ejecutivo 362 del 29 de noviembre de 2018.

En días pasados, la Asociación Bancaria de Panamá aclaró que antes concretar la retención, los bancos debían remitir al MEF la lista completa de los préstamos hipotecarios y las fincas correspondientes que garantizan dichos préstamos. Luego el MEF debía comunicar a los bancos qué fincas son sujetas de la retención, y el monto de impuesto a retener por cada finca, además de saldos, intereses y recargos.

Acto seguido, los deudores de los préstamos hipotecarios indicarían a su banco la cuenta a usar para pagar el impuesto, misma donde se concretaría la retención.

Los bancos también manifestaron que el tiempo dado por el MEF para cumplir con estos requisitos no era suficiente.

La suspensión beneficia a todos los financiamientos que se hayan otorgado o se vayan a realizar antes de la entrada en vigencia del Decreto 362.

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