Cortizo sanciona ley que acoge moratoria de préstamos bancarios

Actualizado
  • 02/07/2020 00:00
Creado
  • 02/07/2020 00:00
Podrán sumarse a los beneficiados las personas a quienes se les ha suspendido su contrato laboral, los trabajadores independientes y los comerciantes cuya actividad se ha visto afectada por la pandemia
La moratoria bancaria se extendió hasta el 31 de diciembre de este año.

Al 25 de junio de 2020, 1,036,417 clientes de los bancos modificaron sus préstamos en medio de la pandemia que enfrenta el país, en el marco de una moratoria de tres meses que otorgaron las entidades financieras y que se extenderá por los próximos seis meses por una nueva ley de la República.

Así lo anunció el presidente de Panamá, Laurentino Cortizo, en su primer informe a la nación sobre su gestión presidencial.

Ayer, Cortizo sancionó la Ley 156 del 30 de junio que dicta medidas económicas y financieras para contrarrestar los efectos de la enfermedad, y que establece una moratoria sobre los préstamos otorgados por los bancos, cooperativas y financieras, tanto públicas como privadas, hasta el 31 de diciembre de 2020, para personas naturales y jurídicas afectadas económicamente por la emergencia nacional con motivo de la pandemia.

La ley promulgada en la Gaceta Oficial de ayer, 1 de julio de 2020, que lleva la firma del Presidente y del ministro de Economía y Finanzas (MEF), Héctor Alexander, señala que podrán acogerse a los beneficios de moratoria sobre préstamos otorgados por los bancos, cooperativas y financieras, las personas a quienes se les ha suspendido su contrato laboral, los trabajadores independientes y comerciantes cuya actividad se ha visto afectada por las medidas sanitarias aplicadas por la covid-19.

Cortizo destacó que la nueva ley será un alivio económico para miles de panameños afectados por la crisis, y además un respaldo para garantizar la fortaleza del sistema bancario, que será un aliado en la construcción de la nueva normalidad ya que de ahí vendrá el financiamiento para levantar los negocios afectados y reactivar la economía.

El sistema bancario genera más de 26 mil empleos en el país. La moratoria es extensiva a los préstamos hipotecarios residenciales, personales, de auto, tarjetas de crédito, préstamos a la pequeña y mediana empresa, préstamos comerciales, además de los préstamos otorgados al sector transporte, agropecuario y créditos de consumo.

La nueva ley indica que para acreditar el estado de incapacidad o insolvencia para el pago de los compromisos, la persona natural, jurídica o independiente afectada debe presentar al banco una declaración jurada en papel simple o ante notario público, en la que haga constar la afectación de sus ingresos, o carta de despido, suspensión de contrato de trabajo o disminución de la jornada de trabajo que avale la petición.

Además, señala la ley, que las entidades bancarias, cooperativas y financieras no podrán efectuar cobros, aumentar tasas de interés aplicadas, recargos o cualquier otro interés por falta de pago, pago atrasado o por cualquier otro motivo sobre los préstamos indicados y que son objeto de moratoria.

La Superintendencia de Bancos de Panamá, el Instituto Panameño Autónomo Cooperativo y el Ministerio de Comercio e Industrias estarán obligados a velar por su estricto cumplimiento y aplicarán las sanciones establecidas.

Mientras dure la declaratoria de emergencia nacional y hasta 70 días después de que esta sea levantada, no se verán afectados los historiales de crédito de las personas, los cuales están registrados en la Asociación Panameña de Crédito.

Una vez vencido el término de la moratoria, los acreedores, en común acuerdo con el deudor, deberán establecer los mecanismos necesarios para que el cliente pueda retomar, a través de refinaciamiento o prorrateo de sus compromisos, sin que ello conlleve el cobro de recargos por mora o cualquier otro pago en concepto de gastos administrativos.

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