La cantante argentina Nicki Nicole resalta la importancia de mantenerse “con los pies en la tierra” en una entrevista con EFE por su visita a México, donde...
- 30/06/2021 17:01
- 30/06/2021 17:01
A partir del 1 de julio del año 2021, se aplica la prohibición de uso general y la comercialización de hisopos para el oído con plástico, cobertores de plástico para ropa de lavandería, varillas plásticas para sostener globos, palillos plásticos para dientes, palillos cocktail de plástico, palillos plásticos para caramelos y anillos para latas.
Así, desde ya se prohíbe el uso general y la comercialización de estos 11 artículos hechos a base de plásticos de un solo uso.
Con la aplicación de la Ley 187 del 2 de diciembre de 2020, que regula la reducción y el reemplazo progresivo de los plásticos de un solo uso en todo el país y se extenderá hasta diciembre de 2023.
En su reemplazo, se pueden usar objetos hechos a base de: acero inoxidable, papel, cartón, vidrio, madera, fibras naturales (bamboo, caña, almidón de yuca etc.), siendo éstas las más conocidas; pero a medida que la temática ambiental progresa, los avances tecnológicos brindan otras opciones igual o más amigables con el medio natural.
La medida también representa una oportunidad para explotar el modelo de "negocios verdes", y emprendimientos con reciclaje, generación de productos orgánicos, reutilizables, de compostaje, lo cual permitirá generar mayores ingresos y poder manufacturar, importar y exportar artículos ecológicos, contribuyendo así a la economía del país, en estos tiempos de post pandemia.
Dentro de los puntos relevantes de esta normativa están el consumo responsable, la aplicación de buenas prácticas que puedan implementarse a nivel público y privado, así como los mecanismos de monitoreo con base a las competencias de las instituciones involucradas en la fiscalización de la Ley, además de la tipificación de las faltas y sus respectivas sanciones.
El evaluador ambiental de MiAmbiente, Kirving Lañas, enfatizó en la importancia de cambiar nuestros hábitos, iniciando con la reducción en el consumo de productos de un solo uso, optando de ser necesario por materiales eco amigables, idealmente los reutilizables a fin de no aumentar las compras.
“Uno de los impactos que se generan por los plásticos de un solo uso, es que al fragmentarse quedan micro plásticos suspendidos en el ambiente, en cambio con las alternativas sostenibles esto no sucede porque su materia prima no es plástica, por lo que su degradación es más rápida”, añade.
Indicó que con acciones como esta, Panamá da pasos firme en la formación de una nación que reduce su consumo, protege la biodiversidad y mejora la calidad de vida de sus habitantes.
Lañas informó, además, que la entidad está elaborando una guía de sostenibilidad de cara a establecer acercamientos en el sector privado e identificar empresas que llevan dentro de sus procesos actividades de producción limpia, sostenibilidad y enfoque de negocios verdes. Una iniciativa vital para encontrar negocios que pudieran desarrollar una visión ambiental, organizada y sostenida en el tiempo.
A partir de julio del año 2022, no podrán ser vendidos empaques plásticos para huevos, revolvedores de plásticos desechables y platos plásticos desechables, mientras que desde el 31 de diciembre del año 2023 se incluye en esta restricción de venta los carrizos de plástico.
En su reemplazo, la ley establece para su fabricación el uso de materiales biodegradables de origen biológico y renovable como la madera, el bagazo de caña de azúcar, la fibra de abacá, la fibra de yute, la madera de bambú, el maíz, la yuca y el almidón de maíz.
También destaca el uso de materiales procedentes de materias que pueden biodegradarse por acción microbiológica en corto tiempo y sin dejar residuos visibles ni tóxicos por procesos de compostaje industrial, así como los materiales producto de reciclaje o que puedan ser reutilizados.
La Ley 187, surge como respuesta a una problemática actual que se produce por el uso excesivo de plásticos de un solo uso. Según el programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (Pnuma), entre el 60-80% de la basura marina son plásticos, además, alrededor de 8 millones de toneladas de plástico terminan en los océanos cada año.
Los plásticos de un solo uso, son productos que están hechos total o parcialmente de plástico y que están concebido, diseñados o puestos en el mercado para ser usados una sola vez, especifica la Ley 187 en su artículo.
La principal afectación de estos artículos en el ambiente radica en que, una vez que los plásticos de un solo uso se disponen de manera inadecuada llegan a ecosistemas terrestres y acuáticos, además, durante su proceso de descomposición generan los denominados “microplásticos”.
Tomando en consideración los largos periodos de descomposición de estos artículos, serán fuentes de contaminantes latentes en el ambiente por extensos periodos de tiempo, por ejemplo: Los carrizos se estima que demoran 200 años en degradarse, a su vez los anillos plásticos para latas se estima que demoran 400 años en degradarse.
Con la aplicación de esta nueva ley, Panamá sigue el ejemplo de países como Chile, Costa Rica y Colombia que poseen normativas en la temática de plásticos y que han logrado impulsar planes de reemplazo que a su vez generan consciencia ambiental y promueven la investigación para elaborar otras iniciativas.