Presidenta de Apadea: 'No estamos presentado ningún arbitraje sobre disputas de contratos públicos'

Actualizado
  • 15/05/2023 00:00
Creado
  • 15/05/2023 00:00
Gina Herrero dijo que todo se trata de un caso particular de uno de sus miembros y no del gremio. Contó que desde el 2019 sí han estado recibiendo reclamos de fianzas de obras estatales, que suman más de $50 millones
Gina Herrero, presidenta de Apadea.

La Asociación Panameña de Aseguradores (Apadea) no se encuentra en este momento presentando algún arbitraje sobre disputas de contratos públicos, así lo aclaró su presidenta Gina Herrero.

“La noticia que habla de que la industria se prepara para presentar un arbitraje no son las aseguradoras porque en Apadea no estamos presentado ningún arbitraje”, comentó Herrero.

Lo que sí confirmó la presidenta de Apadea, es que uno de sus miembros se encuentra presentando un arbitraje, pero por un tema puntual que como empresa tienen sobre algunos reclamos de fianzas.

“Tengo entendido que es un arbitraje de inversión, pero no te puedo dar detalles porque desconozco los temas. Sin embargo, nosotros como industria y Apadea no estamos presentando arbitrajes”, reiteró.

La acción

La presidenta de Apadea informó que desde 2019 han emitido carta a la Contraloría General de la República y a la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) indicando que han estado recibiendo reclamos de fianzas de proyectos estatales bajo la modalidad de ejecución extemporánea, es decir, que habla de fianzas de cumplimiento y fianza de anticipo, vencida desde hace años y ejecutadas en 2019, como si dichas fianzas aún se encontrasen vigentes, y cuyos contratos también se encuentran vencidos y sobre las cuales no hubo notificación alguna de reclamo cuando sí estuvieron vigentes.

Mencionó que los reclamos recibidos suman más de $50 millones y son de proyectos estatales correspondientes a los años 2014 hasta 2016, pero presentados en el 2019. Entre algunas de las obras ene esa situación se encuentran Techo de Esperanza, Cero letrina, centros de salud, obras del Consejo Nacional para el Desarrollo Sostenible y el Ministerio de Educación.

Herrero dijo que hasta la fecha cada reclamo se ha estado trabajando desde las instancias del Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas (DGCP) y en apelación a la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia (CSJ). Agregó que en el proceso algunas aseguradoras presentaron apelaciones, asumieron los reclamos o terminaron las obras.

“Este ha sido un tema que hemos trabajado con el gobierno hace muchos años. Inclusive en estos últimos años hemos recibido apoyo y respuesta de la Contraloría General de la República y la DGCP para de alguna manera abordar estas reclamaciones extemporáneas”, comentó.

“Se reclaman proyectos que eran entre 2014 y 2016. Por eso la palabra extemporáneos, porque no eran proyectos que estaban en curso sino que eran proyectos viejos, de los cuales hubo un incumplimiento y no se reclamó a la aseguradora en el tiempo establecido por ley, sino que se hizo después de cinco años”, añadió.

La norma

Según Herrero, las fianzas están reguladas por un decreto que emite la Contraloría General de la República. El mismo establece que los reclamos de fianza deben ser presentados a los 20 o 30 días de darse el conocimiento del incumplimiento del contrato.

“Si el proyecto estaba abandonado desde 2015, el incumplimiento no se dio a conocer en 2019 sino en 2015, entonces, esa reclamación es extemporánea. El texto que la Contraloría emite te da un procedimiento e informa que cuando la entidad conoce de un reclamo debe presentarlo a la compañía de seguro dentro de los 20 días hábiles del conocimiento del incumplimiento”, enfatizó.

“Si tú no presentas ese reclamo en ese tiempo se convierte en extemporáneo porque tienes un periodo para presentar las evidencias del cumplimiento. Si las pruebas no se presentan en el periodo y lo haces 5 años después, nosotros como compañía de seguro entendemos que ese reclamo no procede porque la otra parte no cumplió con los términos porque en los textos de la fianza se dicta que quien debe notificar a la aseguradora sobre un reclamos es la entidad contratante”, añadió.

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