Más de 5.000 personas, según la policía, y alrededor de 10.000, según los sindicatos, se manifestaron este lunes en Bruselas para pedir a las autoridades...
- 27/07/2013 02:00
- 27/07/2013 02:00
No cabe duda que uno de los aspectos más importantes al adquirir un producto, principalmente electrodomésticos y equipos electrónicos, es el respaldo de la garantía ofrecida al consumidor por el proveedor, lo que implica tener presente las políticas y condiciones establecidas en la misma, las cuales incluyen el tema de la instalación del bien en la residencia del consumidor, por parte del servicio técnico autorizado.
No en pocas oportunidades han acudido consumidores a la ACODECO, reclamando el cumplimiento de la garantía del equipo adquirido, sobre todo en la compra de unidades de aire acondicionado, cuando la empresa que les vendió el producto, o el taller autorizado por el fabricante, rehúsan cumplir con el respaldo de la garantía ante las fallas reportadas en el funcionamiento del bien, por situaciones que supuestamente invalidan la misma por razones imputables al consumidor.
Ahora bien, aunque es cierto que en ocasiones el consumidor puede provocar la pérdida de la garantía del equipo que compró, al no seguir las instrucciones para el uso adecuado del producto, ocasionando con ello algún daño que impida posteriormente su uso normal, y que no sería por tanto responsabilidad del proveedor ni del fabricante, también es cierto que dichas condiciones de la garantía deben ser informadas en forma clara y sobre todo oportuna al consumidor, precisamente al momento de la compra, ya que mal puede el proveedor rehusarse a cumplir con la garantía del bien, por situaciones que no fueron advertidas en forma expresa a sus clientes, como ocurre en varios reclamos de consumidores a quienes les fue rechazada la garantía, por no haber procedido a la instalación completa del equipo, empleando los servicios de sus talleres autorizados.
Ante este tipo de reclamos, ¿cómo pueden los consumidores evitar incurrir en causales de pérdida de la garantía del equipo comprado, si las mismas no le fueron suministradas claramente al momento adquirir el producto?, ya que resultaría injusto pedirles que asuman la responsabilidad de los gastos de reparación por daños que pudieran presentarse en el equipo, cuando únicamente les fue exigido con antelación instalar el mismo a través de sus talleres autorizados, mas no así la contratación de otros servicios o acondicionamientos adicionales que pudieran requerirse, lo cual, de no haber sido advertido previamente al consumidor, estaría en completa libertad de contratar ya sea a dichos talleres, o bien a cualquier otro técnico de su confianza.
ADMINISTRADOR DE LA ACODECO