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- 06/11/2014 01:00
La reciente moratoria fiscal del gobierno de Juan Carlos Varela fue aprobada en la Ley 25 del 28 de octubre de 2014. Esta iniciativa, que beneficia a los contribuyentes con una moratoria fiscal hasta el último día del año 2014, incluye varias reformas de carácter fiscal.
Por ejemplo, esta norma establece que el déficit fiscal del Sector Público No Financiero (SPNF) podrá ser superior a la Ley de Responsabilidad Fiscal y Social (LRFS) a partir del 2015, en el caso de que la Autoridad del Canal de Panamá (ACP) no cumpla con los aportes establecidos al Fondo de Ahorro de Panamá (FAP)
Esto significa que el cumplimiento de la LRFS depende tanto de los aportes del Canal de Panamá como de la disciplina fiscal del Gobierno. Sin embargo, previamente se había anunciado que la ACP no cumpliría con los aportes que había prometido al Estado por el atraso del proyecto de ampliación del Canal de Panamá y debido a la crítica situación de la economía mundial.
La Ley de Responsabilidad Fiscal y Social fija un límite de 2% respecto al Producto Interno Bruto (PIB) para el SPNF en el año 2015, de 1.5% en el 2016 y de 1% a partir de 2017. Pero este límite estaría sujeto a cambios con la nueva moratoria fiscal.
APORTES DEL CANAL
De acuerdo con las modificaciones incorporadas en esta norma, se estableció que en el caso de que los aportes de la ACP sean menores al porcentaje indicado en el numeral 2 del artículo 3 de la Ley del Fondo de Ahorro de Panamá, que es 3.5% del Producto Interno Bruto (PIB), que este año podría alcanzar los 47,459 millones de dólares, la diferencia sería pagada con deuda.
Esto quiere decir que los recursos económicos que no aporte la ACP serán asumidos por el SPNF.
El déficit fiscal del SPNF se ha incrementado desde el 2009 hasta el 2013 en 966 millones de dólares.
Estas cifras han puesto en alerta a los expertos en finanzas públicas, que cuestionan que la deuda del país aumenta a un ritmo vertiginoso mientras que la economía experimenta un proceso de desaceleración, pasando de un crecimiento de 10% en 2011 a un 6% en 2014.
El Gobierno aprobó para este año un aumento del techo de la deuda de hasta 4.1%. Sin embargo, había prometido cumplir con los límites establecidos por la ley para los próximos años.
MÁS CAMBIOS
Otras reformas detrás de la moratoria fiscal se traducen en mayores beneficios para el sector agropecuario, pecuario y acuícola.
La Ley 25 del 28 de octubre de 2014 reforma el artículo 708 del Código Fiscal, quedando así: serán exentas de impuestos sobre la renta, las personas naturales o jurídicas dedicadas a la actividad agropecuaria o agroindustrial que tengan ingresos brutos anuales menores a 350 mil dólares.
Igualmente, se incorporó en la Ley 25 del 28 de octubre de 2014 que se exceptúa del pago del impuesto de inmueble, las fincas dedicadas a la actividad agropecuaria cuyo valor catastral no sea superior a 350 mil dólares.
Créditos al Tesoro
La reforma aprobó también que, a partir del 1 de enero de 2015, los créditos a favor del Tesoro Nacional, vencidos y no pagados dentro del plazo legal establecido, devengarán un recargo de 10% y adicionalmente un interés moratorio de 2% por mes o fracción, sobre la base de referencia que indique la Superintendencia de Bancos de Panamá, contados a partir de la fecha en que el crédito debió ser pagado y hasta su cancelación.
Otras reformas incluidas apuntan a que las inversiones públicas que sean mayores de 0.1% del presupuesto general del Estado (aproximadamente 20 millones de dólares) tendrán que contar con un estudio de factibilidad de costo beneficio social y de prefactibilidad en caso de montos menores de 0.1% del presupuesto a mayores de 5 millones de dólares.
La Ley 25 del 28 de octubre de 2014 también presenta reformas a los Acuerdos de la Concertación Nacional para el Desarrollo, especificando cómo se utilizarán los recursos depositados al Fondo Nacional para el desarrollo.