Nueva normativa transforma el reciclaje de buques en Panamá

La Autoridad Marítima de Panamá (AMP) dio un paso hacia la sostenibilidad y la protección ambiental con la publicación de la Resolución No. ADM 061-2025, que aprueba el Reglamento para el Reciclaje Seguro y Ambientalmente Racional de los Buques.

El nuevo reglamento tiene su base en el Convenio de Hong Kong para el Reciclaje Seguro y Ambientalmente Racional de los Buques, 2009, ratificado por Panamá mediante la Ley No. 28 de 1 de julio de 2016.

Su objetivo es garantizar que los buques que llegan al final de su vida útil y entran en las instalaciones de reciclaje, lo hagan sin plantear riesgos innecesarios para la salud y seguridad humana o para el medio ambiente.

El reglamento aplica a los buques que tengan derecho a enarbolar el pabellón de Panamá y a las instalaciones de reciclaje de buques que operen bajo la jurisdicción panameña.

Excluye las áreas bajo administración privativa del Canal de Panamá.

Requisitos

La Resolución ADM 061-2025 es imperativa para establecer el marco regulatorio que obliga a las empresas con Licencia de Operación para el Servicio Marítimo Auxiliar de Desguace de Naves a cumplir rigurosamente con las exigencias del Convenio de Hong Kong.

Por lo tanto, la AMP se cerciorará de que las instalaciones de reciclaje de buques bajo su jurisdicción estén debidamente autorizadas conforme a las reglas del Anexo del Convenio.

El reglamento establece prescripciones técnicas detalladas para las empresas, así como controles previos a la entrada de cada buque e inspecciones posteriores a su desmantelamiento total o parcial.

Implementación

La Dirección General de Puertos e Industrias Marítimas Auxiliares de la AMP ha sido designada como la responsable del cumplimiento y supervisión de todas las prescripciones establecidas en este nuevo Reglamento.

La Resolución comenzará a regir seis meses después de su promulgación en la Gaceta Oficial.

El incumplimiento de sus disposiciones será sancionado conforme a lo establecido en la legislación vigente, incluyendo la Ley No. 56 de 6 de agosto de 2008.

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