Así lo confirmó el viceminsitro de Finanzas, Fausto Fernández, a La Estrella de Panamá
- 03/02/2012 01:00
La primera tasa única anual, que se paga junto con los derechos registrales al momento de la inscripción de las personas jurídicas en el...
La primera tasa única anual, que se paga junto con los derechos registrales al momento de la inscripción de las personas jurídicas en el Registro Público de Panamá, podrá realizarse sin necesidad de que los contribuyentes se presenten posteriormente ante la Dirección General de Ingresos, para probar la realización del respectivo pago. Los pagos deben realizarse utilizando la nueva boleta de depósito.
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