La fortaleza de una queja documentada

Actualizado
  • 31/01/2015 01:00
Creado
  • 31/01/2015 01:00
Es necesario guardar todos los documentos expedidos por proveedores de bienes y servicios

Con el título anterior, deseamos hacer énfasis en la importancia de la presentación por parte del consumidor, quien acude a la institución a formalizar su queja contra un proveedor, de todos aquellos elementos probatorios que le permitan respaldar los hechos descritos en su escrito de queja.

Aunque pueda parecer engorroso para algunas personas, guardar y conservar consigo todos los documentos expedidos tanto por proveedores de bienes y servicios, como de los talleres autorizados, ya sea contratos, sus anexos y adendas, facturas, recibos, órdenes de entrada, de reparación y/o diagnóstico, manuales de instrucciones, etc., éstas son precisamente las herramientas o instrumentos a su favor con las que puede demostrar a la autoridad la veracidad de sus argumentos, facilitando a su vez la toma de decisión del despacho, en caso de ser necesario dictar una resolución resolviendo el reclamo formulado por el consumidor, de no existir acuerdo con el agente económico al momento de la audiencia.

A parte de los documentos antes mencionados, también existen las comunicaciones realizadas por el consumidor, ya sea a través de notas o correos electrónicos, además de comprobar la existencia de un pago mediante cheques o estados de cuenta; en fin, el tipo de documentos que pueda acompañar el consumidor al momento de formalizar su reclamación contra un agente económico, dependerá también del tipo de queja, y principalmente de la solicitud que hace ante la institución como solución a la misma.

A manera de ejemplo, un consumidor que desea reclamar el incumplimiento de la garantía del bien comprado a un proveedor, a quien ya ha advertido del funcionamiento inadecuado de un producto pocos días después de su compra, respalda el derecho que le asiste de obtener el reemplazo del bien por uno nuevo, al facilitar la constancia de la compra del producto, y del reporte realizado oportunamente al taller autorizado, que demuestra la existencia del daño presentado en el equipo que compró. Incluso, de haberse efectuado la reparación del bien por este último sin el consentimiento del consumidor, cuando en realidad le correspondía su reemplazo por uno nuevo, el mismo documento permite demostrar que el taller procedió indebidamente con la garantía del bien, al repararlo en lugar de solicitar su reemplazo por otro nuevo.

El propósito de aportar toda información procedente y relacionada al reclamo del consumidor, es acreditar finalmente los hechos que motivan su pretensión, al asistirle la razón.

ABOGADA EN EL DEPARTAMENTO DE CONCILIACIÓN

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