Sociedades de emprendimiento de responsabilidad limitada, nuevo tipo de persona jurídica

Actualizado
  • 23/07/2020 09:38
Creado
  • 23/07/2020 09:38
Este nuevo tipo de persona jurídica se crea de manera virtual, accediendo al portal de Panamá Emprende y no necesita de la asistencia de un abogado

La Asamblea Nacional aprobó en tercer debate el proyecto de ley que regula las Sociedades de Emprendimiento de Responsabilidad Limitada en la República de Panamá.

El proyecto de ley, presentado por el diputado Raúl Fernández, busca ser la herramienta ideal para que todo tipo de emprendedores se formalicen de una manera más rápida, eficiente y económica.

Su principal diferencia con los tipos societarios que existen actualmente, radica en la forma en que se constituye y las ventajas con las que nace.

Antes de convertirse en ley el proyecto deberá pasar a manos del Ejecutivo para su aprobación, rechazo o veto como lo establece la ley.

Este nuevo tipo de persona jurídica se crea de manera virtual, accediendo al portal de Panamá Emprende y no necesita de la asistencia de un abogado, pero de así requerirlo se puede utilizar.

Las Sociedades de Emprendimiento de Responsabilidad Limitada se constituyen como personas jurídicas que solo podrán integrar las personas naturales. Ninguna persona natural que previamente forme parte de una sociedad de emprendimiento de responsabilidad limitada vigente podrá pertenecer a otra. En este caso, de darse esta situación, la solicitud de registro de la sociedad deberá negarse y no procederá su inscripción, señala el documento aprobado por la Asamblea Nacional.

El proyecto de ley establece que las Sociedades de Emprendimiento no podrán cotizar en la bolsa de valores y que no les será aplicable la obligación de facturar mediante impresoras fiscales.

Además, que las Sociedades tienen límites de ingresos, que van estrictamente relacionados, los cuales son los siguientes: para las Micro Empresas $150 mil brutos por año fiscal, de superar la suma de $150 mil brutos anuales, será calificada Pequeña Empresa, siempre que no supere $1 millón, y para la Pequeña Empresa $1 millón.

Las Sociedades estarán exentas del pago del impuesto sobre la renta durante los dos primeros años de funcionamiento, lo que se tomará a partir del momento en que se constituya como tal en el Registro Mercantil del Registro Público de Panamá.

Las Sociedades podrán recibir donaciones hasta la suma de $10 mil por persona, por año fiscal, y serán deducibles del impuesto sobre la renta al donante.

El Ministerio de Comercio e Industrias podrá establecer rebajas de hasta un 50 % a los aranceles de importación de aquellos insumos y materias primas que se requieran para la creación de productos, servicios o procesos innovadores por parte de una sociedad de emprendimiento.

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