El índice de Confianza del Consumidor Panameño (ICCP) se situó en 70 puntos en junio pasado, con una caída de 22 unidades respecto a enero de este año,...
- 02/07/2010 02:00
PANAMÁ. La medida deja sin efecto la garantía mínima de consumo exigida en torno al descorche de licor, establecida desde el año 2004.
Ahora los arrendatarios del Centro de Convenciones Atlántico-Pacífico —bajo la tutela de la Autoridad del Turismo— podrán dentro de los eventos por ellos organizados ofrecer directamente en venta refrescos, bebidas y licores y los servicios correspondientes de bar.
La Autoridad del Turismo, a través de la administración de ATLAPA, cobrará el derecho de descorche, según el procedimiento y tarifas establecidas en la reglamentación del 2004.
Se exceptúa del cobro del descorche cuando, previa aprobación escrita de la Dirección del Centro de Convenciones, se exonere de dicho pago a los organizadores de eventos que así lo soliciten con anticipación y que se dé únicamente en los actos de inauguración o clausura de eventos de carácter ferial, congresos, seminarios, exposiciones o reuniones pequeñas y que el licor o degustación que se otorgue en los eventos antes señalados, sea como obsequio, sin costo de venta o fines de lucro.
Además, los arrendatarios del Centro de Convenciones ATLAPA serán los únicos responsables por el cumplimiento de las normas que regulan la materia, por el pago a la Autoridad de Turismo de Panamá, a los suplidores y trabajadores que se utilicen en la venta de refrescos y bebidas alcohólicas o por cualquier reclamación que sobre este servicio se derive.
La nueva reglamentación también prohíbe el ingreso y venta de bebidas alcohólicas envasadas en botellas de vidrio, con una capacidad inferior a los 500 mililitros (500 ml).