Multas de mil 500 dólares a quienes dejen jugar a menores con pirotécnicos

Actualizado
  • 12/12/2012 15:10
Creado
  • 12/12/2012 15:10
La Alcaldía de Panamá, recuerda a los residentes de la ciudad capital que se encuentra prohibida la venta ambulante de artefactos pirot...

La Alcaldía de Panamá, recuerda a los residentes de la ciudad capital que se encuentra prohibida la venta ambulante de artefactos pirotécnicos o bombitas y que los locales debidamente autorizados para la venta, no podrán despachar su mercancía a menores de edad.

Esta decisión se encuentra establecida en el Decreto Alcaldicio Número 2577, en cumplimiento del mandato constitucional que señala que es deber de las autoridades administrativas locales, garantizar la vida e integridad física de las personas, tanto de adultos, como de menores.

La norma establece que la persona natural o jurídica que venda explosivos navideños, pirotécnicos o fuegos artificiales a menores de edad o a personas en estado de ebriedad, se le decomisará el producto y se le revocará el permiso de venta.

De acuerdo al coordinador de corregidores, Franklin Quiroz, la Alcaldía de Panamá, será implacable e impondrá las sanciones correspondientes a los infractores del presente decreto, que busca evitar que los niños resulten quemados por la irresponsabilidad de los adultos.

El decreto prohíbe el uso de las bombitas, artefactos pirotécnicos y fuegos artificiales, a una distancia menor de 500 metros de residencias, hospitales, centros educativos, clínicas y edificios públicos y solo deberán ser manipulados por adultos.

El documento legal alcaldicio recuerda a los padres de familia, el deber de orientar a sus hijos, sobre la prohibición del uso de la pólvora, con fines pirotécnicos, de recreación o cualquier otra modalidad que puedan causar daño.

A los adultos que permitan o induzcan a los menores de edad a manipular, vender o utilizar artefactos pirotécnicos, se les decomisará el producto y se les procederá a multar, mientras los menores serán puestos a órdenes de las autoridades de familia y el padre o tutor igualmente será sancionado.

La norma faculta a la Policía Municipal, Policía Nacional y la Oficina de Seguridad del Cuerpo de Bomberos de Panamá a conducir a los infractores ante la autoridad administrativa correspondiente, para que los sancione con multas que van desde $50 a $1,500 dólares, así como el decomiso del producto.

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