Extranjeros deberán cotizar a la CSS

Actualizado
  • 10/12/2014 16:43
Creado
  • 10/12/2014 16:43
La norma tiene como propósito que los extranjeros sean obligados a cotizar a la Caja de Seguro Social (CSS)

Los extranjeros que residen en Panamá estarán obligados a cotizar a la Caja de Seguro Social (CSS), de aprobarse el proyecto de Ley 62 que modifica y adiciona artículos al Decreto Ley 3 de 2008, sobre el Servicio Nacional de Migración, el cual se encuentra en la agenda del pleno Legislativo para ser discutida en enero próximo.

La propuesta presentada por la diputada Zulay Rodríguez busca regularizar el Servicio de Migración en el país y fue ampliamente consultada por una Subcomisión de Gobierno que presidió el diputado Luis Barría, quien durante dos semanas de intensas sesiones se reunió con varias entidades de gobierno, organizaciones  y sociedad civil y elaboraron un informe con sus recomendaciones.

En su contenido, el proyecto establece una serie de garantías que las autoridades panameñas deben tener para proteger a los extranjeros que estén bajo su jurisdicción, así como, de asegurar la efectividad de los derechos y deberes individuales y sociales, en cumplimiento con la Constitución Nacional.

La norma tiene como propósito que los extranjeros sean obligados a cotizar a la Caja de Seguro Social (CSS), porque hay quejas de padres panameños sobre la prelación que se les debe dar a los nacionales.

Ante esta situación, la diputada Zulay Rodríguez manifestó que los procesos de regulación migratoria extraordinaria “Panamá, Crisol de Razas” tiene que desaparecer, puesto que muchos de los puestos de trabajo, becas educativas y hasta representación deportivas de nuestro país son ocupados por extranjeros.

En su artículo 87, el proyecto de Ley dicta que todo extranjero que haya adquirido una condición migratoria como residente temporal o permanente en el territorio nacional, a través del trámite ordinario o cualquier proceso de regularización del estatus migratorio, está obligado a informar al Servicio Nacional de Migración, el cambio de residencia o variaciones en la información suministrada al Registro de Extranjería, dentro del primer mes de efectuado dicho cambio.

De igual forma, quien no acate esta obligación será multado con 100  balboas la primera vez, y en caso de reincidencia podrá dar lugar a la cancelación del permiso de residencia y a la deportación del territorio nacional.

Finalmente, el documento aclara que la presente Ley no afectará los derechos adquiridos por los particulares en los procesos de regularización migratoria extraordinaria denominados "Panamá Crisol de Razas".

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