Meduca reglamenta el aumento de la matrícula

Actualizado
  • 15/07/2015 02:00
Creado
  • 15/07/2015 02:00
Los cambios en los costos de la matrícula, de la anualidad y de los uniformes y textos escolares deberán ser anunciados seis 6 antes

Después de 69 años de ser aprobada la Ley Orgánica de Educación (Ley 47 del 24 de septiembre de 1946), el Ministerio de Educación (Meduca) ha reglamentado, el artículo 131 de esta ley, que toca el tema de los aumentos de matrícula, anualidad y textos escolares.

La reglamentación del articulo 131 fue recogida por el Decreto Ejecutivo N° 601 del 9 de julio de 2015, publicado en la Gaceta Oficial No. 27822, del 13 de julio de 2015.

Este decreto establece que los cambios en los costos de la matrícula, de la anualidad y de los uniformes y textos escolares deberán ser anunciados seis meses antes de la fecha de inicio de la matrícula del año lectivo.

El centro educativo deberá convocar a los padres de familia para sustentar la propuesta de aumento, presentándoles el informe oralmente y por escrito.

A su vez, los padres de familia deberán tener la oportunidad de realizar preguntas sobre los criterios planteados por los directivos del plantel para el aumento de precios.

‘Si no hay objeciones a la propuesta del centro educativo, se dará por enterado de que queda aprobaba', señala el Decreto Ejecutivo.

El centro también deberá comunicar la propuesta a la asociación de familia y a la Dirección Regional de Educación.

==========

‘Los padres de familia tienen derecho a opinar sobre los aumentos a los precios de matrícula'.

Lo Nuevo
comments powered by Disqus