ACP rechaza nuevos reclamos de parte de GUPC por $5,673 millones

La entidad que maneja la vía acuática se opondrá en las instancias correspondientes de manera oportuna, enfatiza en su misiva ACP

A juicio de la Autoridad del Canal de Panamá (ACP), los reclamos presentados por el consorcio internacional,  Grupo Unidos por el Canal, S.A. (GUPC) por supuestos sobrecostos en la ampliación del Canal, no tienen sustento legal.

A través de un comunicado,  la ACP expresa que se opone a la admisibilidad de los nuevos reclamos que han sido presentados por GUPC y que aspira a que el tema no vaya a un arbitraje sin cumplir con el procedimiento de resolución de disputas establecido en el contrato.

El administrador del Canal, Jorge Luis Quijano, dijo que: “La Autoridad del Canal de Panamá ha estado atendiendo estos asuntos enérgicamente en sus respectivas instancias, ya que cuenta con todos los argumentos y soportes legales para hacer valer sus derechos”.

ACP destaca que de acuerdo con lo establecido en el contrato, GUPC presentó la declaración al cierre de la obra (“Statement at Completion”). En ese documento, GUPC incluyó lo que, a su juicio, representa la totalidad de sus reclamos, entre esos, aquellos que ya habían sido presentados ante la ACP y nuevos, que ni siquiera habían sido notificados.

"Fuentes citadas por medios europeos indican la cifra de $5,673 millones como la cantidad máxima que el consorcio podría demandar. Sin embargo, el 19 de diciembre de 2016, la ACP recibió dos nuevas solicitudes de arbitraje interpuestas por GUPC ante la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional (CCI), por lo que éstos reclamos ya han sido sometidos directamente a arbitraje", dice la nota de ACP.

La entidad encargada del Canal de Panamá afirma que como consecuencia de solicitudes de arbitraje, el monto total reclamado por GUPC aumentó de $3,277 millonesa $5,673 millones, según se desprende de los montos incluidos por GUPC en su declaración de auditoría que corresponde cierre de la obra antes mencionado.

La mayoría de los reclamos incluidos en estas solicitudes de arbitraje,  se encontraban ya en las instancias previas al arbitraje y varios no han sido resueltos por la Junta de Resolución de Conflictos (DAB, por sus siglas en inglés), que es la instancia previa que el Contrato exige como requisito para someter la disputa a arbitraje.

Algunos de éstos (reclamos) tampoco habían sido notificados previamente al oficial de contrataciones de la ACP. La ACP se opondrá en las instancias correspondientes de manera oportuna, enfatiza en su misiva ACP.

Según ACP el contrato con GUPC establece las vías y procesos de resolución de disputas de costos adicionales, desde su necesaria notificación y sustentación ante el oficial de contrato de la ACP; y en los casos que amerita, ante la DAB; y, finalmente, ante la Corte Internacional de arbitraje de la CCI.

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