Piden a la Antai que investigue casos de nepotismo en la UTP

Actualizado
  • 19/10/2018 02:00
Creado
  • 19/10/2018 02:00
La solicitud detalla además una lista de parientes cercanos del rector, entre los que se incluye, supuestamente, primos, sobrinos, nuera y parientes de la esposa

Una solicitud para que se investigue la existencia de familiares del rector de la Universidad Tecnológica de Panamá (UTP), Héctor Montemayor, dentro de la planilla de ese centro de estudios superiores fue presentada este jueves por el abogado Justino González, ante la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (Antai).

En la denuncia se destaca que la mayoría de los colaboradores que supuestamente son familiares del rector Montemayor fueron nombrados durante su primer periodo en este cargo, entre 1991 y 2003.

Según el abogado, la información preliminar que se incluyó en esa petición, en donde presuntamente se detectó la existencia de familiares del rector, fue obtenida de la página de transparencia de la Universidad Tecnológica de Panamá (UTP).

Precisó que la petición tiene como objetivo que la Antai investigue la existencia de actos de nepotismo en ese centro de estudios.

La solicitud detalla además una lista de parientes cercanos del rector, entre los que se incluye, supuestamente, primos, sobrinos, nuera y parientes de la esposa.

La denuncia detalla también que en este nuevo periodo del rector Montemayor, los familiares y parientes que se encuentran en la planilla habrían sido favorecidos con nuevos puestos e incrementos salariales.

González señaló que presenta la denuncia a nombre propio porque los docentes, administrativos, trabajadores y demás colaboradores no pueden dar la cara ‘debido a una política de acoso, hostigamiento, persecución, traslados y destituciones en su contra'.

El denunciante detalló que en el numeral 13 del artículo 138 de la Ley 9 de 20 de junio de 1994, por la cual se establece y regula la Carrera Administrativa, se prohíbe a los servidores públicos ‘incurrir en nepotismo', una conducta que, según la propia ley en su numeral 9 del artículo 152, admite la ‘destitución directa'.

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