Senan decreta sus informaciones de acceso restringido y confidencial

Actualizado
  • 10/08/2020 08:15
Creado
  • 10/08/2020 08:15
El Servicio Nacional Aeronaval (Senan) decretó de acceso restringido y confidencial una serie de informaciones que se procesan a lo interno de la institución.

El Servicio Nacional Aeronaval (Senan) decretó de acceso restringido y confidencial una serie de informaciones que se procesan a lo interno de la institución.

La medida está contemplada en una resolución No. 39 del 29 de junio de 2020, publicada en Gaceta Oficial el pasado jueves. La entidad clasificó cuatro informaciones como confidencial y siete de acceso restringidos. En este último grupo se encuentran las memorias, notas, correspondencia y los documentos relacionados a temas tratados en reuniones bilaterales o multilaterales en tópicos de seguridad en los que el Senan participe.

También son de acceso restringido la información relativa a la seguridad nacional, manejada por los estamentos de seguridad pública, en la que el Senan tenga participación, así como todo lo relacionado con los procesos investigativos realizados por la entidad.

Otras de las informaciones decretas de acceso restringido son: las órdenes de operaciones, de vuelos, de tareas, informes de caso y el parte diario de las novedades operacionales emitidas tanto por la Dirección Nacional de Operaciones Aeronavales y las emanadas a nivel nacional e internacional en la que el Senan participe.

La lista de información de acceso restringido la integra, además, la orden general del día, los temas tratados en el Departamento de Asesoría Legal, la Dirección Nacional de Inteligencia, la Dirección Nacional de Contrainteligencia, el Departamento de Asuntos Internos y el Departamento de Auditoria Interna.

Por último los documentos relacionados a los sistemas de seguridad que el Senan sea parte. Entre las informaciones declaradas confidencial están: las ordenanzas verbales y escritas emanadas por el nivel directivo del Senan.

La información que maneja la entidad de la vida íntima de los particulares, incluyendo, sus asuntos familiares, actividades maritales u orientación sexual, al igual que de los miembros de la entidad.

El Senan justifica la medida en que como parte del componente de la fuerza pública le corresponde, entre otras funciones, la seguridad del Estado, razón por la cual se conocen temas sensitivos que no deben ser de dominio público, ni divulgado por quienes les corresponde conocer de ellos.

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