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Conusi recurre a la Corte para que declaren inconstitucional artículos de la ley de teletrabajo
- 12/10/2020 10:48
- 12/10/2020 10:48
La Confederación Nacional de Unidad Sindical Independiente (Conusi) interpuso en la Corte Suprema de Justicia una demanda de inconstitucionalidad contra artículos de la Ley 126, que establece y regula el Teletrabajo en Panamá.
Conusi interpuso la demanda contra los artículos 2 numeral 3; 4 numeral 5; 7 párrafo primero; artículos 8 y 9.
La demanda de inconstitucionalidad presentada por Rolando Murgas Torraza, en representación de Conusi, está radicada en el despacho de la magistrada Ángela Russo.
Qué dicen los artículos demandados:
La Ley 176 define el teletrabajo como la prestación de servicio subordinada, sin presencia física en el centro de trabajo o entidad pública, a través de medios informáticos, celular o teléfono fijo, y mediante los cuales también se supervisan las labores.
El teletrabajador es entonces quien labora bajo este esquema, ya sea parcial -cuando va al epicentro de la empresa al menos una vez a la semana- o totalmente.
A través del Decreto Ejecutivo N° 133 de 16 de septiembre de 2020, el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral de Panamá reglamentó la ley de teletrabajo (Ley 126 de 18 de febrero de 2020).