Pugna en la junta directiva de la Caja de Seguro Social

Actualizado
  • 01/11/2022 00:00
Creado
  • 01/11/2022 00:00
Un borrador de propuestas para rescatar a la CSS y al IVM dejó en evidencia las diferencias que hay en la junta directiva de la entidad. Entre las recomendaciones está destinar al IVM hasta un 10% de los ingresos de actividades económicas que el Estado recibe, como: sector minero, Canal, telecomunicaciones y Aduanas
Pugna en la junta directiva de la Caja de Seguro Social

La filtración de un documento con una serie de propuestas que permitirían rescatar a la Caja de Seguro Social y el programa de Invalidez, Vejez y Muerte dejó en evidencia las diferencias que hay entre los miembros de la junta directiva de la entidad que está llamada a velar por la salud pública de los panameños.

Y es que mientras representantes de los trabajadores hicieron pública una resolución (no oficial) con una serie de propuestas para salvar la Caja y el IVM, extraídas de un documento original, el sector empresarial “no” lo avala.

Se trata de “un borrador de resolución que no incluye todas las propuestas” y en el que también se quiere meter la fusión de los sistemas del programa de IVM (beneficio definido y mixto), expresó Aida U. de Maduro, representante del sector empleador en la junta directa de la Caja de Seguro Social.

“Sacaron un tema y lo hicieron público”, afirmó de Maduro a este diario, destacando que “el documento debía ser discutido (por completo) en la junta directiva de la CSS”, pero todavía no se ha hecho. Su presentación está prevista para mediados de noviembre de 2022.

Se conoció que la mayoría de los sindicalistas de la Caja están promoviendo el documento borrador, pero de Maduro insistió en que “el sector empleador ha expresado su desacuerdo con estas medidas”.

Propuestas del borrador

En el documento borrador, por su parte, se recomienda a las instancias estatales ,con iniciativa legislativa, modificar y reglamentar la Ley 51 del 27 de diciembre de 2005, Orgánica de la Caja de Seguro y de otra normas legales. En la Ley 51 del 27 de diciembre de 2005, en su capítulo II, IVM, artículo 150, establece un subsistema exclusivamente de beneficio definido y un subsistema mixto. En la propuesta también se considera una serie de alternativas, además de otras presentadas por los actuarios en su último informe actuarial a la junta directiva.

Entre las recomendaciones dadas –en principio– están la obtención de un porcentaje de ingresos para el IVM, procedente de actividades económicas que el Estado recibe, como, por ejemplo, sector minero, el Canal de Panamá, telecomunicaciones y Aduanas. También se hicieron otras recomendaciones de carácter administrativo y de la inversión de los recursos de la Caja de Seguro Social.

En materia de ingresos de actividades económicas se recomienda:.

1. Realizar las modificaciones legales para que de los ingresos del sector de minería metálica que percibe el Estado por medio de los contratos de concesiones, se asigne un porcentaje mínimo del 10% al programa de IVM.

2. Modificar el artículo 101 numeral 20 y el artículo 153 de la Ley 51 de 2005, Orgánica de la Caja de Seguro Social para efectos que el 10% de los ingresos que percibe el Estado en materia de concesiones de telecomunicaciones ingresen al programa IVM.

3. Realizar las modificaciones legales para que de los ingresos de los contratos de concesión que percibe el Estado en materia de telecomunicaciones se asigne un 10% neto al IVM.

4. Realizar las modificaciones legales para que de los ingresos que recibe el Estado en concepto de aporte del Canal de Panamá, se asigne un porcentaje del 10% al programa IVM.

5. Realizar las modificaciones legales para que de las incautaciones que realiza la Autoridad Nacional de Aduanas por dinero no declarado superior a $10.000,00 se asigne un porcentaje del 10% al IVM.

6. Realizar las modificaciones legales para que el 50% del dinero producto de actividades ilícitas y otros delitos en procesos debidamente ejecutoriados ingresen al IVM.

Del mismo modo, hicieron recomendaciones administrativas que van desde:

1. Recomendar las modificaciones legales para implementar la excepción de control previo en los préstamos personales e hipotecarios que realiza la CSS de acuerdo al artículo 108, numerales 8 y 9 de la Ley 51 de 2005 2. Solicitar paz y salvo de la CSS a todos los contratistas que contraten con el Estado, tanto para la participación de actos públicos, celebración de contratos y en la gestión de cobro de los mismos.

3. Recomendar la modificación del artículo 241 del Código Penal para efectos que se aumente la pena de prisión a 5 años por los delitos de retención indebida y de evasión de cuotas y elevar el poder coercitivo de la norma.

Otras de las sugerencias que se dan, están relacionadas con la inversión de los recursos de la CSS:

1. Modificar el Artículo 105 capítulo IX, Inversiones de la Ley 51 de 27 de diciembre de 2005, permitiendo que se puedan colocar fondos de la institución en instrumentos financieros de renta variable, esto es, en acciones, tanto de compañías nacionales como aquellas inversiones en mercados internacionales en la búsqueda de más y mejores rendimientos para los diferentes programas de la institución, especialmente el IVM, y sin menoscabo de la seguridad de los fondos en cuestión.

2. Recomendar la modificación de la Ley 51 del 27 de diciembre de 2005, Orgánica de la Caja Seguro Social, en su artículo 108 numerales 8 y 9 para que se pueda invertir de las reservas de la institución hasta el 30% de los fondos en préstamos personales e hipotecarios para asegurados, pensionados y jubilados.

3. Modificar la Ley 51 del 27 de diciembre de 2005, en el sentido de que: se permita a la Caja de Seguro Social participar en proyectos de Asociaciones Público Privadas (APP) como socio y beneficiario de las utilidades anuales de estos y su retribución a los fondos de reserva de los diferentes programas institucionales, entre los que se incluirán el programa de IVM. Se deberá establecer taxativamente que esta asociación en proyectos de APP, deberá ser exclusivamente en proyectos de infraestructura.

4. Modificar la Ley 51 del 27 de diciembre de 2005, en el sentido de que: se trabaje bajo la figura de Gobierno Corporativo para la Administración de la Banca de Inversión, con el fin de lograr una administración eficiente y eficaz para hacerle frente a los pagos de pensionados de la República de Panamá.

Al conocer de las propuestas, La Estrella de Panamá trató de conocer, de manera inmediata, la posición del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y del Ministerio de Salud (Minsa), pero no fue posible. Desde el departamento de Relaciones Públicas del MEF se limitaron a decir que “este es un tema con muchas posiciones y el único autorizado para brindar los comentarios es el Sr. ministro...”. Y que además la solicitud se debía de hacer de manera formal con “una nota dirigida al ministro”, la cual “debe ingresar de manera física por la dirección correspondiente del MEF...”, de ahí “se le dará un código para el seguimiento de la misma”.

Y desde el Minsa expresaron que “este tema es inherente a la CSS porque es un tema administrativo”.

A mediados de septiembre de 2022, un informe de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), confirmó que el subsistema exclusivo de beneficio definido del IVM quedará sin reservas en 2024. La suma de las nuevas pensiones más el agotamiento de las reservas para 2024 provocará una mayor presión económica al programa IVM.

La OIT se centró en informes actuariales para concretar su diagnóstico y recomendar al Gobierno panameño apresurar los pasos para identificar nuevas fuentes de financiamiento para reflotar las pensiones, ya sea mediante la redefinición del fideicomiso actual o el aumento de transferencias u otros instrumentos.

Lo Nuevo
comments powered by Disqus