TE pide a candidatos y partidos entregar declaraciones de donantes

La fecha límite es hasta el próximo 4 de julio, para que entreguen a la institución las declaraciones juradas

El Tribunal Electoral reitera el cumplimiento del artículo  209  del Código Electoral y del  Decreto 38 del 23 de diciembre de 2004, que obliga a los partidos políticos y candidatos a registrar las contribuciones privadas que reciban para su funcionamiento y campañas electorales. 

La fecha límite es hasta el próximo 4 de julio, para que entreguen a la institución las declaraciones juradas de sus donantes, de la pasada contienda electoral. La norma aplica tanto para el candidato principal como para el suplente.
 
El artículo 2 del decreto indica que todos los candidatos a cargos de elección popular quedan obligados a llevar, a partir de la fecha en que son postulados a lo interno por su partido, o de la fecha en que son reconocidos por el Tribunal Electoral, si son candidatos de libre postulación, un registro detallado de las contribuciones privadas que reciban para su campaña electoral, dejando constancia clara de la identidad (nombres, apellidos y número de cédula o pasaporte), y dirección de cada donante. Cuando el donante sea persona jurídica, deberá registrar los datos de la identidad del representante legal.
 
En caso de incumplimiento de esta obligación, se aplicarán las sanciones establecidas en el Código Electoral.  

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