CSJ admitió amparo de garantías a la Asamblea por la polémica planilla 080

Actualizado
  • 31/05/2018 00:22
Creado
  • 31/05/2018 00:22
El contralor Federico Humbert acusó a Yanibel Ábrego por la supuesta comisión del delito contra la administración pública en perjuicio de la Contraloría, al impedir que se realizara  la auditoría de la planilla 080

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) admitió el amparo de garantías constitucionales  interpuesto el pasado  16 de mayo por la presidenta de la Asamblea Nacional, Yanibel Ábrego, contra la resolución de la Contraloría General de la República que ordenaba una auditoria formal a la planilla 080, a cargo de la Dirección Nacional de Auditoria Forense y ordenó al Contralor entregar un informe de su actuación.

El contralor Federico Humbert acusó a Yanibel Ábrego por la supuesta comisión del delito contra la administración pública en perjuicio de la Contraloría, al impedir el pasado 15 de mayo que se realizara  la auditoría de la planilla 080 en la Asamblea.

En su oficio de 29 mayo de 2018, el magistrado sustanciador, Cecilio Cedalise señala que “se requiere a dicha autoridad administrativa el envío de la actuación correspondientes si la hay, o en su defecto, un informe acerca de los hechos materia de esta acción, dentro del término de dos horas, siguientes a la presentación de la notificación de esta Resolución Judicial, conforme se prevé en los artículos 2621 y 2622 del Código Judicial”.

El artículo 2621 del Código Judicial establece taxativamente, que “el funcionario requerido cumplirá la orden impartida dentro de las dos horas siguientes al recibo en su oficina de la nota requisitoria; suspenderá inmediatamente la ejecución del acto, si se estuviere llevando a cabo, o se abstendrá de realizarlo mientras se decide el recurso, y dará enseguida cuenta de ello al tribunal del conocimiento”.

En consecuencia, la Asamblea Nacional aguardará la decisión de fondo de la Corte Suprema de Justicia, atendiendo a la máxima corporación de justicia.

La Asamblea Nacional aún desconoce los resultados de la revisión concomitante iniciada el pasado 4 de abril, atentando contra el principio fundamental del derecho a la defensa.

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