Decenas de famosos alabaron este lunes el estilo de los dandis negros y lucieron conjuntos de sastrería extravagantes en su honor en el preludio de la...
Encuestas políticas se publicarán hasta 48 horas antes de las elecciones
- 26/02/2019 16:16
Los estudios de opinión, sobre intención de voto para las elecciones generales de mayo próximo, se podrán publicar hasta el jueves 2 de mayo.
El Tribunal Electoral (TE) emitió el Decreto 11 de 20 de febrero de 2019, el cual se divulgó en el Boletín Electoral 4476, en el que se modifica el punto 50 del artículo 1 y el artículo 128 del del decreto que reglamenta los estudios de opinión.
Los magistrados del TE se vieron obligados a modificar el decreto, luego que la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional el artículo 254 del Código Electoral que se incluyó en la última reforma a la norma y que establecía una veda de 20 días para la publicación de los resultados de las encuestas políticas.
La nueva veda (impedimento de publiación) será de 48 horas, antes de las elecciones y aplica para la publicación o divulgación en cualquier medio de difusión (medios tradicionales/ redes sociales) de los resultados de los estudios de opinión (encuestas o sondeos) formales o informales, relativos a las elecciones generales del 5 de mayo.
Solo se permitirá la publicación o divulgación de estudios, encuestas, análisis, pronosticos y similares con el fin de reflejar las preferencias políticas o electorales de la población, a favor o en contra de determinados partidos o candidatos, en cualquier persona natural o jurídica que los realice haya sido aprobada por el TE y la ficha técnica respectiva se encuentre previamente inscrita en este.
A la fecha se encuentran registradas y autorizadas en el Tribunal Electoral tres empresas encuestadoras que son Stratmark Consultores, S.A., Gallup de Panamá, S.A., Mercadeo Integral, S.A.,
Para la divulgación de sondeos en línea o informales que realicen los medios de difusión utilizando muestras estadísticamente no representantivas, no se requerirá el registro establecido en el artículo 247 del Código Electoral.
Las encuestas que se realicen a la salida del centro de votación (exit polls) el día de las elecciones, solo podrán divulgarse o publicarse a partir de las 7:00 de la noche de ese día.
Cualquier declaración de triunfo en determinado medio de comunicación, con base en este tipo de información, será considerada un mecanismo de divulgación de encuestas y por lo tanto, si son divulgadas antes de las 7:00 de la noche del día de las elecciones, se incurriría en violación de la ley.
Las violaciones a estas disposiciones serán sancionadas con multas de $25 mil a $50 mil.