Valdés Escoffery falló a favor de candidato del PRD en tema de residencia

Actualizado
  • 25/04/2019 21:00
Creado
  • 25/04/2019 21:00
Seguidores de Martinelli hicieron llegar un fallo de un caso de impugnación de residencia, presentado contra Héctor Cedeño del PRD

Este jueves, seguidores de Ricardo Martinelli hicieron circular una decisión del magistrado del Tribunal Electoral, Eduardo Valdés Escoffery en la que se falló a favor del candidato a representante de Caimitillo, Héctor Cedeño del Partido Revolucionario Democrático (PRD) en un caso similar al del expresidente.

A Cedeño se le había impugnado por el caso de residencia, viviendo en Villa Zaita. Seguidores de Martinelli alegan que el citado caso es similar al que objetan a Martinelli para que el expresidente participe como candidato en las elecciones generales del 5 de mayo como aspirante a la Alcaldía de Panamá y a diputado de la Asamblea Nacional.

En su fallo Valdés Escoffery dijo que el rechazo a la impugnación contra Cedeño es ilegítima, debido a que fue presentada de manera extemporánea o posterior al tiempo que determina el Código Electoral para procesar este tipo de querellas.

En la Resolución N°48-2019-ADM, Valdés Escoffery explicó que "el rechazo de plano por inadmisible y extemporáneo a la impugnación promovida por el licenciado Percy Román Escobar, en representación de Raúl Martínez Calderón, en contra de la candidatura de Héctor Cedeño, para el cargo de representante por el corregimiento de Caimitillo, distrito y provincia de Panamá, postulado por el PRD", pese a que reside en el corregimiento Ernesto Córdoba Campos.

Las querellas en contra de las candidaturas de Cedeño y Martinelli están fundamentadas en el alegato que violan el artículo 291 del Código Electoral, donde esté debe "ser residente de la circunscripción electoral correspondiente, por lo menos, un año antes de la fecha de la elección".

No obstante, tomando en consideración el fallo de Valdés Escoffery, la residencia del expresidente fue establecida en 1993 en el padrón electoral desde 1993 sin variación hasta la fecha, como lo determinó el pasado 11 de abril la jueza, María Elvira Rengifo en la audiencia de impugnación del exmandatario

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