TE propone sancionar con cárcel la desinformación electoral

Actualizado
  • 09/09/2020 00:00
Creado
  • 09/09/2020 00:00
Los delitos informáticos también se incluirían en las reformas. En las pasadas elecciones el TE estuvo preparado con varios niveles de seguridad; aunque hubo varios intentos de 'hackeo', ninguno fue exitoso

A partir del proceso electoral rumbo a las elecciones generales de 2024, la desinformación que pueda ser perjudicial para cualquier proceso electoral o para los servicios que brinda el Tribunal Electoral (TE), podría ser tipificada como un delito electoral, mientras que la difusión de noticias falsas será catalogada como falta electoral sancionable con multas.

La Comisión Nacional de Reformas Electorales inició el análisis de lo que será el proyecto de reformas.

De igual manera, los delitos informáticos serían tipificados en el Código Electoral como delitos electorales, según las propuestas sugeridas por los magistrados del Tribunal Electoral en el proyecto borrador de reformas al Código Electoral entregado a los miembros de la Comisión Nacional de Reformas Electorales (CNRE). En tal sentido, el magistrado del TE Alfredo Juncá manifestó que en estos momentos vivimos en un mundo de percepción digital y difundir noticias falsas, como particular, es algo falto de ética, pero no un delito.

“Ahora, difundir noticias falsas y desinformación de manera organizada y con financiamiento, eso sí es un atentado contra la democracia y debe ser sancionado”. Juncá explicó que en el caso de las noticias falsas, la sanción que se propone es una multa de $2,000 a $5,000. Sin embargo, detalló que se propone una figura novedosa, que es la retractación pública.

Es decir, explicó Juncá, que si el infractor se retracta públicamente y por los mismos medios en que difundió el contenido, quedaría eximido de responsabilidad. “Esto le daría al ciudadano la oportunidad de cooperar con los esfuerzos en la lucha contra la desinformación”, precisó.

Con relación a la desinformación que pueda ser perjudicial para cualquier proceso electoral o para los servicios que brinda el Tribunal Electoral, esta conducta podría ser sancionada con 1 a 2 años de prisión.

Se trata de algo que atenta contra el proceso en sí, dijo Juncá, como por ejemplo que alguien diga que un centro de votación está cerrado o que hay un tiroteo en un centro de votación.

“Se trata de esos intentos coordinados de sabotaje del proceso electoral”, explicó.

En cuanto a darle categoría de delito penal electoral a los delitos informáticos, Juncá manifestó que en las pasadas elecciones el Tribunal Electoral estuvo preparado con varios niveles de seguridad y, efectivamente, hubo varios intentos de hackeo, pero ninguno fue exitoso. “Es más, utilizamos tecnología de punta nacional e internacional y hackers éticos para probar nuestras defensas”, destacó.

Todo esto se dio sin que hubiera una regulación de delitos informáticos en el ámbito electoral, afirmó Juncá.

“Ahora estamos regulando con base en nuestra experiencia y la de otros países de la región”, destacó.

Otras sanciones

En el documento, además, se propone tipificar como delito electoral el manejo de los ingresos y gastos de campaña al margen de la cuenta única de campaña, y sancionar a quien obstruya, impida o se niegue a entregar información para las auditorías que debe hacer el Tribunal Electoral.

De igual manera, se establece aumentar de 100 a 1,000 días-multa, en lugar de 50 a 500 días-multa, la sanción por realizar cambio doloso de residencia, y ordenar la detención preventiva cuando el delito tenga señalada pena mínima de cuatro años de prisión.

Como faltas electorales también se propone sancionar con multa a los servidores públicos y a las personas naturales y jurídicas que se nieguen a proporcionar la colaboración pronta, eficaz y completa que el Tribunal Electoral solicite para el cumplimiento de sus atribuciones.

Se sugiere tipificar como falta electoral la difusión de propaganda electoral en actividades de contenido editorial, con el propósito velado o expreso de promover a un aspirante, precandidato, candidato o partido.

También se tipifica como falta electoral el uso indebido de los medios digitales y la violación al descuento de tarifas por parte las radioemisoras o televisoras. Además, se propone sancionar a los autores materiales e intelectuales por el ofrecimiento de pago o por pagar a los encuestados a cambio de su respuesta.

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