Partidos en formación deberán estar constituidos 17 meses antes de las elecciones

Actualizado
  • 17/10/2020 00:00
Creado
  • 17/10/2020 00:00
Para poder postular a candidatos en una elección general, todo colectivo en formación deberá estar debidamente reconocido como partido constituido, a más tardar al 31 de diciembre del año tras anterior al de las elecciones

La Comisión Nacional de Reformas Electorales (CNRE) decidió que los partidos políticos en formación deberán estar constituidos 17 meses antes de las elecciones generales.

El Tribunal Electoral tiene un calendario para las elecciones de 2024 y procura evitar contratiempos.

La mesa de la CNRE adicionó la condición para participar en las elecciones generales de mayo.

“Para poder postular a candidatos en una elección general, todo colectivo en formación deberá estar debidamente reconocido como partido constituido, a más tardar al 31 de diciembre del año tras anterior al de las elecciones, sin perjuicio de continuar inscribiendo adherentes para las siguientes elecciones en los periodos contemplados en este Código”, señala el artículo agregado al Código Electoral, que deberá ser llevado a la Asamblea Nacional para su modificación.

Actualmente en el Código Electoral se mantiene un vacío legal, porque en las elecciones pasadas los partidos debían informar 10 días después de convocar a las elecciones su intención de participar en las elecciones.

Cuatro partidos políticos buscan consolidarse para las próximas elecciones y competir frente a los cinco legalmente constituidos.

Cada uno ha salido a cazar a sus adeptos o simpatizantes, luego que el Tribunal Electoral (TE) desde el lunes 17 de agosto autorizara todos los trámites que estaban pendientes a causa de la pandemia por covid-19.

El TE reconoce como partido político en formación, al partido Realizando Metas (RM).

Además de Realizando Metas, ahora están como partidos políticos en formación, ya que cumplieron con la apertura de su cuenta bancaria y están en capacidad de reiniciar sus inscripciones: Unión Nacional Independiente (UNI), Partido Alternativa Independiente Social (PAIS) y el Movimiento Otro Camino (Moca).

A estos se suma el Frente Amplio por la Democracia que ya presentó su memorando para ser acogido como colectivo en formación.

Durante el debate del artículo 46-A en materia de disposiciones fundamentales de los partidos políticos, el magistrado presidente del Tribunal Electoral, Heriberto Araúz Sánchez, manifestó en la sesión que hay una hoja de ruta programada en el calendario electoral para 2024 que nos indica los pasos a seguir, coincidiendo con el magistrado presidente de la CNRE, Alfredo Juncá Wendehake, quien agregó que estas fechas no son caprichosas, sino que van de acuerdo con la organización del proceso y la Asamblea Nacional toma en consideración la experiencia y las propuestas en materia electoral de la institución.

La representante del Frente Nacional por la Defensa de los Derechos Económicos y Sociales Panamá (Frenadeso), Alejandra Chung, aseguró que el artículo que exige a los partidos en formación estar constituidos 17 meses antes de las elecciones es “inconstitucional”. “Eso cercena la participación electoral”, agregó Chung, en el uso de la palabra en la CNRE.

Renuncias y licencias

La CNRE logró la aprobación del artículo 30 en donde se establece que no son elegibles para cargos de elección popular las personas que hayan ejercido como servidores públicos, en cualquier tiempo, desde seis meses antes de la elección. En palabras sencillas, los funcionarios deberían renunciar seis meses de las elecciones.

Este artículo establece los cargos, e incluye a los servidores públicos que forman parte de juntas directivas de instituciones autónomas y semiautónomas donde el Estado tenga el cien por ciento de participación accionaria.

Se aprobó además el artículo 30-A, según el cual las personas miembros de juntas directivas en las que el Estado sea parte, deberán solicitar una licencia seis meses antes, si aspiran a un cargo de elección popular.

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