• 13/01/2009 01:00

¿Servicio Social o explotación al menor?

Según René Sand, “El Servicio Social es una actividad destinada a asegurar a todos los seres humanos mejores posibilidades de vida en un...

Según René Sand, “El Servicio Social es una actividad destinada a asegurar a todos los seres humanos mejores posibilidades de vida en un sentido más profundo”. De la página web del Centro Cultural Chino Panameño: “Es concebido como parte de la evaluación integral del graduando de bachiller..”. “Este trabajo consiste en la realización de proyectos asignado por la Dirección del Colegio en beneficio de familias que habiten en áreas rurales de extrema pobreza, instituciones benéficas, etc...”; “El objetivo es fomentar la responsabilidad, el carácter humanista y solidario de los graduandos en relación con las necesidades de la comunidad, lográndose en ellos una formación integral”.

Ahora bien, la institución del servicio social como un requisito, tiene todo el peso del mundo mientras este importante paso en el crecimiento humano del estudiante (en el caso que me ocupa, menor de edad), no colisione con los derechos establecidos en la Convención sobre los Derechos del Niño, por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, de 20 de noviembre de 1989.

Una cosa muy distinta es lo anteriormente expuesto, que en la práctica se convierte en abuso o explotación del menor, cuando las autoridades de un ente educativo interpretan este aporte del estudiante a la comunidad de manera arbitraria.

Citando sólo dos ejemplos, porque el espacio que el diario me honra utilizar no me permite más. El literal “d” del artículo 106 del Código de Trabajo, prohíbe, de manera expresa, el trabajo de los menores de dieciocho años en “las construcciones de todo género y los trabajos de demolición, reparación, conservación y otros similares”. ¿Cómo es posible, entonces, que grupos de estudiantes son asignados a realizar, precisamente estos trabajos (forzados pienso), en áreas remotas y de dificilísimo acceso, por espacio de un mes, alejados totalmente de sus familias?

No voy a mencionar el nombre del colegio, pero en su página web se enorgullecen hasta de confesar: “En estas se realizan trabajos, tales como: Abrir zanjas, repellar, bloquear, pintar”. En otras palabras, trabajos totalmente contrarios a lo que la Ley permite.

El segundo ejemplo, distantísimo del fin que debe perseguir el servicio social instituido, es el de otros grupos de estudiantes, de otras escuelas particulares, que están, en estos momentos, realizando las ochenta (80) horas de “trabajo forzado”, nada más y nada menos que limpiando techos, pisos y “jardines”, pintando sillas y “baldeando” suelos de servicios higiénicos de ¡escuelas públicas locales!

¿Qué tienen de contenido de ayuda humana estas obras, por favor, que particularmente me recuerdan los servicios comunitarios que aplican en otros países, como parte de las condenas a violadores de las leyes?

-El autor es productor audiovisual.vargasjurado@gmail.com

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