• 23/05/2016 02:02

Voto de desconfianza para Dilma

El ‘impeachment ' nace, como muchas instituciones del Estado de derecho moderno, en el Reino Unido de Gran Bretaña

El proceso político seguido a la presidenta —ya separada— Dilma Rousseff en el Congreso brasileño, ha generado controversia sobre la validez de que una presidenta en funciones sea sometida a un juicio político en el Congreso, separada del cargo mientras dure el juicio, y posiblemente destituida, si llega a ser condenada.

El ‘impeachment ' nace, como muchas instituciones del Estado de derecho moderno, en el Reino Unido de Gran Bretaña. De allí lo adopta la Constitución de los Estados Unidos de América de 1787, y de allí lo toman las constituciones —de corte presidencialista— de las naciones americanas al independizarse estas, una a una, de las potencias colonizadoras europeas.

Pero, ¿cuál es la razón de ser de esta institución republicana? En su clásico La sociedad abierta y sus enemigos , Karl Popper propuso que el problema fundamental en ciencia política moderna no ha de ser ya el de quién debe gobernar, planteado por Platón. La verdadera cuestión, dice Popper, es la de cómo podemos constituir un Estado de manera que los malos gobernantes puedan ser removidos sin derramamiento de sangre. Para esto, en las repúblicas con sistema parlamentario existe la fórmula del voto de desconfianza , que permite a un parlamento deshacerse del primer ministro y su gabinete, forzando la convocatoria anticipada de elecciones generales. El voto de desconfianza funciona así como una válvula de escape que permite liberar la presión, cuando el ambiente político se ha vuelto demasiado tenso para la continuidad del Gobierno en funciones. Se evita así que la presión siga acumulándose y provoque una crisis mayor que desemboque entonces en una revuelta popular con desobediencia civil, una sublevación armada o, peor, una guerra civil.

Los sistemas de Gobierno de tipo presidencialista, en cambio, no tienen ese mecanismo del voto de desconfianza. Lo que tienen es el ‘impeachment '. Este, a diferencia del voto de desconfianza, implica un juicio en el que se acusa al presidente (cuando es el presidente el sujeto del ‘impeachment ', pues también puede ser contra un magistrado de la Corte Suprema, por ejemplo) de alguna transgresión concreta del orden constitucional.

Si bien el ‘impeachment ' reviste formalidad de proceso jurisdiccional, es imposible extraer de él por completo el elemento político. No en vano se le conoce también como juicio político. Hay que tener claro que, en la práctica, cuando el sujeto del ‘impeachment ' es el presidente, su objetivo es más político que jurídico. Cuando se inicia un proceso de ‘impeachment ' contra un presidente, el objetivo no es tanto imponer una pena, como lograr la destitución.

Ahora, ¿es legítimo que el congreso de una república destituya al presidente que fue elegido por mayoría de votos? Si el presidente ha abusado de su poder o ha pretendido subvertir el orden constitucional, la respuesta es: sin duda. Tengamos claro que no por haber sido elegido por mayoría, tiene el presidente carta blanca para violar la constitución. En una república la supremacía no la tienen personas ni siquiera un presidente elegido con abrumadora mayoría. La supremacía la tiene solo la propia constitución. Esta es la esencia de una república, que la distingue de los absolutismos en todas sus formas.

Pero no olvidemos el elemento político. Ante un gobernante que ha perdido todo respaldo de su población, en un país que pasa por una crisis económica muy seria, y con importantes acusaciones de corrupción que pesan sobre altos representantes del partido gobernante, se puede hablar de pérdida de legitimidad, que en ciencia política se refiere al momento en que la población ya no se siente obligada moralmente a obedecer a su Gobierno, peligroso caldo de cultivo que suele preceder revoluciones, alzamientos armados y guerras civiles. El ‘impeachment ', aquí, cumple el rol que en los regímenes parlamentarios tiene el voto de desconfianza, permitiendo dar una salida razonablemente ordenada a una crisis de legitimidad que, de no ser confrontada, puede degenerar en una desestabilización de todo el orden constitucional.

ABOGADO

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