• 05/01/2020 00:00

La encrucijada de la educación superior en Panamá (I)

Predictivamente, el INEC (Instituto Nacional de Estadística y Censos) de la Contraloría General de la República de Panamá tiene estimado que la población al año 2020 será de 4.

Predictivamente, el INEC (Instituto Nacional de Estadística y Censos) de la Contraloría General de la República de Panamá tiene estimado que la población al año 2020 será de 4.3 millones de habitantes. Una información que deberá ser corroborada por medio del censo a realizarse este año.

De esta población estimada, el 50.1% son hombre y el 49.9%, mujeres. Hay que agregar que, aproximadamente, el 6% de la población del país corresponde a grupos originarios.

Por otra parte, Panamá, posee un 54.9 % de desigualdad de distribución de la riqueza y un porcentaje de pobreza de 21.5%. [INE19]

Basado en la premisa de que la educación es el mayor promotor del desarrollo de un país, en la medida en que la población está debidamente educada, es necesario que el gobierno de la República de Panamá preste atención especial a la educación, por la incidencia de ésta en la producción nacional. Atención que no solo debe brindarse al nivel pre- universitario, sino a todo nuestro sistema educativo.

A pesar de lo trascendental de los datos, el país carece de una norma que rija y regule el desarrollo de la educación universitaria y de unas políticas públicas en educación en todos los niveles del sistema escolar. Con 4 universidades subvencionadas por el Estado y más de 30 universidades particulares, el sistema oferta más de 1,600 carreras en diferentes ámbitos del saber y las mismas, sin excepción, deben ser reguladas y supervisadas por el Estado para garantizar una oferta cónsona con la variedad y la calidad que el país necesita. Sin embargo, hay distorsiones en el ámbito universitario que hacen necesario considerarlas en la actual reforma de nuestra Carta Magna que se ventila, para luego dar cabida a una ley que regule la educación superior, en aras a consolidar la educación universitaria. Panamá es el único país, de la región, que adolece de esta regulación.

Actualmente, el sistema educativo superior del país cuenta con la Ley 52 del 26 de junio del 2015 que crea el Sistema Nacional de Evaluación y Acreditación para el mejoramiento de la calidad de la educación superior universitaria de Panamá y con la Comisión Técnica de Desarrollo Académico (CTDA) que está adscrito a la Universidad de Panamá, basado en el hecho de que la Constitución de 1972 estableció en su artículo 99, que la universidad oficial fiscalizaría a las universidades particulares. En ese entonces, sólo existían la Universidad de Panamá como la universidad oficial y la USMA (Universidad Santa María la Antigua) como la universidad particular.

El Coneaupa (Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria de Panamá), órgano colegiado e independiente de cualquier universidad, se encarga de acreditar el funcionamiento institucional y de carreras universitarias de las universidades oficiales y particulares, pero es la CTDA, adjunto a la Universidad de Panamá que aprueba las carreras y fiscaliza, solamente a las universidades particulares.

Establecer a nivel constitucional que la universidad oficial del Estado fiscalizará a las universidades particulares, convierte a las instituciones oficiales en un juez que introduce serias dudas a la imparcialidad del proceso, por esto somos de la opinión de que se debe crear un ente independiente a la injerencia oficial, que se dedique a fiscalizar a todas las universidades, sin excepción, para garantizar la calidad de la educación superior universitaria. Continuará...

Escritor y docente universitario
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