• 01/02/2020 04:00

Autonomía, independencia y neutralidad (III)

“Los yankees han perpetrado toda clase de atentados, mostrando en todos sus actos de provocación el más insolente desprecio por las instituciones, las costumbres, la autoridad y la raza nacional del Istmo”, JUSTO AROSEMENA.

“Los yankees han perpetrado toda clase de atentados, mostrando en todos sus actos de provocación el más insolente desprecio por las instituciones, las costumbres, la autoridad y la raza nacional del Istmo”, JUSTO AROSEMENA.

El “calvario del pueblo panameño” impuesto por el imperialismo estadounidense —ascendente— no se inició —como muchos piensan— en los albores de la República mediatizada por el Tratado del Canal de 1903; sino en el decenio cuarenta del siglo XIX con la imposición del Tratado Mallarino—Bidlakc de 1846, a través del cual el Gobierno colombiano “entregó el Istmo de Panamá a la codicia de los norteamericanos e hipotecó a perpetuidad la soberanía e independencia panameña”. A cambio, obtuvo la ilusoria promesa de los gringos de “garantizar los derechos de soberanía y ¡propiedad! –A propósito, era ninguno— y que la Nueva Granada, supuestamente, tenía y poseía sobre dicho territorio”. Este Convenio bilateral entre los Estados Unidos y el Gobierno neogranadino constituye la génesis de la neutralidad mal concebida y garantizada por un Estado extranjero en función de sus propios intereses de seguridad nacional y en lo absoluto los de la República de Panamá, situación que —transcurridos 174 años— todavía perdura.

La “Convención del Canal Ístmico” de 18 de noviembre de 1903, suscrita entre John Hay por el Gobierno norteamericano y Phillipe Bunau Varilla por la República de Panamá, y aprobado por la Junta Provisional de Gobierno el 2 de diciembre del mismo año, mejor conocido como “Tratado Hay—Bunau Varilla”, en tan solo 25 artículos menciona la palabra neutralidad en dos apartados y el vocablo perpetuidad en seis ocasiones. Estableció el régimen colonial de la “Zona del Canal”, mediatizó la soberanía e independencia nacional e impuso este sistema a perpetuidad. Sin embargo, durante 65 años del ancien régime de la oligarquía, ni “Popo Chiari”, ni el “Cholo Arias, ni “Yinyi” Jiménez, ni “Chichi” Remón, ni Marcos “Rifle” en sus negociaciones con los gringos tuvieron el más remoto atisbo de subrogar el Tratado de 1903, lo de ellos fue exclusivamente crematístico, peor aún, uno de los proyectos de Tratados del “3 en 1” o Robles-Johnson legalizaba las 14 bases militares que de facto los estadounidenses habían establecido en las riberas del Canal.

Lamentablemente, la generación victoriosa que conquistó el Canal y erradicó el enclave colonial de 1997 a 1999, no pudo alcanzar totalmente la independencia nacional, porque, como lo dijera con honradez política el general Omar Torrijos, haciendo referencia al “Tratado concerniente a la Neutralidad permanente del Canal de Panamá”. “Estimado presidente Carter: Hay dos clases de verdades, la verdad lógica y la verdad agradable. En nombre de la verdad lógica quiero manifestarle que… este tratado de neutralidad que estamos pactando nos coloca bajo el paraguas defensivo del Pentágono…” Bajo ese razonamiento la gloriosa Federación de Estudiantes de Panamá (FEP) lanzó la consigna de combate: “¡Hemos avanzado la lucha continúa!”.

Existen diferentes clasificaciones del concepto de neutralidad, las más referidas son la neutralidad temporal, producto de una declaración con motivo de una conflagración y que cesa al término de la misma y la neutralidad permanente que declara un Estado bajo el auspicio de potencias mundiales, como es el caso de Suiza. A la República de Panamá, en virtud de su debilidad, el coloso imperialista le impuso con base a sus intereses geoestratégicos, la neutralidad a perpetuidad de dominación y vasallaje, bajo el sinónimo de neutralidad permanente o permanentemente neutral. Al respecto, indica el artículo IV del Tratado de Neutralidad de 1977 o Torrijos-Carter vigente: “La República de Panamá y los Estados Unidos de América convienen en mantener el régimen de neutralidad establecido en el presente tratado, el cual será mantenido a efecto de que el Canal permanezca permanentemente neutral, no obstante la terminación de cualesquiera otros tratados celebrados por las partes contratantes”.

El artículo IV del tratado de neutralidad explica por qué el ejército más poderoso de la Tierra, el 20 de Diciembre de 1989, invadió militarmente el Istmo con el objetivo puntual de defenestrar las Fuerzas de Defensa de Panamá; para que 10 años después el artículo V de este mismo tratado fuera “letra muerta”. Ello es también la razón por la que en la actualidad es inconcebible un proyecto de nación democrática, soberana e independiente, donde no se incluya la batalla por la República cuyo pueblo de forma soberana declare el principio de neutralidad y la derogación del tratado que nos coloca de enemigo de los enemigos del imperialismo norteamericano. ¡Así de sencilla es la cosa!

Abogado y analista político.
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