• 24/10/2020 00:00

Defensa del 'hub' marítimo panameño

“[…] nuestro país sí cuenta con un sistema flexible para el registro de naves, y precisamente esto es lo que ha logrado que tengamos el mayor registro de buques en el mundo”

En días anteriores de agosto del 2020, se ha presentado un siniestro marítimo de derrame de petróleo crudo en islas Mauricio, por parte del buque Wakashio, propiedad de la empresa japonesa Nagashiki Shipping Co. Ltd., y registrado con bandera panameña.

La noticia ha sido objeto de atención en la comunidad internacional, y particularmente hace unos pocos días un “influencer” internacional, publicó en su cuenta de Instagram un video titulado “The Shipping Trap”, donde básicamente responsabiliza a la República de Panamá del siniestro ocurrido y afirmando que nuestro sistema de registro naviero carece de regulaciones internacionales, permitiendo que cualquier persona pueda registrar una nave y que, en caso de accidentes como el que se comenta, quede impune ante cualquier reclamo.

En primer lugar, para abordar el tema hay que mencionar que nuestro país sí cuenta con un sistema flexible para el registro naves, y precisamente esto es lo que ha logrado que tengamos el mayor registro de buques en el mundo. Sin embargo, la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) constantemente se encuentra bajo inspecciones de organismos internacionales, como la Organización Marítima Internacional (OMI), para comprobar el fiel cumplimiento de las normas internacionales relacionadas al registro naviero.

Tan solo el año pasado 2019, Panamá fue inspeccionada más de 17 000 veces por la OMI, donde se obtuvo una tasa de cumplimiento del 96.5 %, según las fuentes de la AMP. Por lo tanto, contrario a lo que señalan los medios y personalidades internacionales, Panamá sí cumple con las normativas internacionales bajo el marco de la OMI.

Por otra parte, relacionado con la responsabilidad del desastre ocurrido. En el derecho marítimo existen los créditos marítimos privilegiados, que son los derechos que le asisten a una persona o parte a reclamar sobre una propiedad marítima, que le preste o haya prestado servicios, y/o por los daños extracontractuales ocasionados por la nave. Los créditos marítimos privilegiados persiguen a un responsable sobre los daños originados por el buque, y para el caso en comento, la responsabilidad recae sobre la empresa propietaria o la operadora del buque.

Concluyo emitiendo mi descontento contra las declaraciones emitidas por este “influencer” internacional, puesto que Panamá es un país que sí cumple con las normas internacionales exigidas.

Debemos defender nuestro “hub” marítimo ante este tipo de ataques, debido a que manchan el buen nombre de Panamá, evitando la entrada de nuevos registros de naves, y dan espacio para que se presenten nuevamente episodios como los “Panama Papers”.

Estudiante de Derecho y Ciencias Políticas.
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