• 17/05/2025 00:00

Controversia cultural: presentación de danza guna por no indígenas desata debate

La reciente controversia generada por la presentación de una danza guna por personas no indígenas en la “Noche Cultural del Museo del Canal” ha puesto de manifiesto la existencia de un marco legal que protege las manifestaciones culturales y artísticas de los pueblos originarios, tanto a nivel comarcal como de la República de Panamá.

El debate, desatado por un video difundido por las redes sociales del colectivo cultural YargiTv, cuestiona si la interpretación de esta danza ancestral por individuos ajenos a la etnia guna constituye una celebración respetuosa de la diversidad o una apropiación cultural que descontextualiza y trivializa una expresión identitaria profunda.

En este contexto, es crucial recordar que las expresiones culturales de los pueblos originarios en Panamá gozan de protección legal. A nivel de las comarcas indígenas existen normativas propias que salvaguardan sus tradiciones, conocimientos ancestrales y manifestaciones artísticas. Adicionalmente, la legislación de la República de Panamá también contempla la protección de este patrimonio cultural.

Un ejemplo concreto de esta protección se encuentra en el artículo 16 de la Ley 20 de 2000. Esta ley, que establece un régimen especial de propiedad intelectual sobre los derechos colectivos de los pueblos indígenas, busca la protección y defensa de su identidad cultural y sus conocimientos tradicionales.

El artículo 16, en particular, se refiere a conjuntos de bailes de proyecciones folclóricas y establece que, si bien se permite su ejecución en el ámbito nacional e internacional, las personas naturales o jurídicas que organicen representaciones artísticas que resalten integralmente o en parte una cultura indígena, deberán incluir a miembros de dichos pueblos para su ejecución. En caso de no ser posible la contratación de miembros de la comunidad indígena, será necesaria la autorización del respectivo congreso general o autoridad tradicional indígena, a fin de preservar su autenticidad. El Instituto Nacional de Cultura velará por el cumplimiento de esta obligación.

La polémica suscitada por la danza guna interpretada por no indígenas subraya la importancia de comprender y respetar este marco legal. La discusión sobre los límites entre la apreciación y la apropiación cultural debe considerar la existencia de estas leyes que buscan asegurar la autenticidad y la integridad de las expresiones artísticas y culturales de los pueblos originarios de Panamá.

La pregunta sobre si la presentación en el Museo del Canal cruzó la línea de la apropiación sigue abierta, pero el debate actual resalta la necesidad de una mayor conciencia y respeto por las leyes que protegen el invaluable patrimonio cultural de los pueblos originarios de Panamá.

*El autor es redactor de contenidos
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