• 17/06/2022 00:00

La desgravación arancelaria del TPC para importar maíz y arroz

Hoy vamos a tratar lo relacionado con la desgravación arancelaria que se describe en el anexo 3. 3 del Tratado de Promoción Comercial (TPC), que actualmente Panamá mantiene con Estados Unidos; para explicar y desarrollar esta temática debemos adelantar algunos conceptos y definiciones que se manifiestan en el susodicho tratado.

Hoy vamos a tratar lo relacionado con la desgravación arancelaria que se describe en el anexo 3.3 del Tratado de Promoción Comercial (TPC), que actualmente Panamá mantiene con Estados Unidos; para explicar y desarrollar esta temática debemos adelantar algunos conceptos y definiciones que se manifiestan en el susodicho tratado.

¿Qué significa el año uno?: El año uno significa, el año de entrada en vigor del tratado, es decir, el año uno es 2012. Este tratado entro a regir a partir del 31 de octubre del 2012.

¿Qué significa la tasa base?: La tasa base significa, la tasa arancelaria que regia o que estaba vigente el día anterior a la entrada en vigor de este tratado, es decir, 40% para el maíz y 90% para el arroz en cáscara de su valor CIF (Costo, Seguro y Flete).

Desgravación arancelaria: La desgravación arancelaria significa la eliminación gradual o en etapas anuales iguales de los aranceles a las mercancías, a partir de la fecha de entrada en vigor del tratado. La desgravación arancelaria se incluye en la lista de Panamá, que entre otras cosas, contiene las categorías de desgravación identificadas por las letras del abecedario que van desde la letra “a” hasta la letra “X”.

Ahora y entrando en materia, para el caso de la importación de maíz, así se pinta el panorama: La desgravación arancelaria para el maíz ha sido clasificada en la categoría “F“, la cual establece que su arancel se mantendrá en su tasa base durante los años 1 al 5, esto es, del año 2012 al año 2016. Comenzando el 1 de enero del año seis, o sea, a partir del 1 de enero del año 2017, los aranceles aduaneros serán eliminados en 10 etapas anuales iguales y quedarán libre de arancel a partir del 1 de enero del año 15, que para los efectos de la aplicación de este TPC, el maíz entrará libre de impuesto de importación a partir del 1 de enero del 2026.

Mientras tanto y tomando en cuenta lo que indicamos, anteriormente, que la tasa base (40%) se eliminara en 10 etapas anuales iguales, da como resultado una desgravación anual de 4%.

Para el caso del arroz en cáscara el panorama es el siguiente: La desgravación arancelaria para el arroz en cáscara ha sido clasificada en la categoría “X”, que establece que su arancel se mantendrá en su tasa base durante los años 1 al 10, esto es, desde el año 2012 hasta el año 2021. comenzando el año 11 (2022) los aranceles se reducirán en 10 etapas anuales iguales y quedarán libre de aranceles a partir del 1 de enero del año 20, que para los efectos de la aplicación del Tratado de Promoción Comercial, el arroz en cáscara entrará libre de impuestos de importación desde el 1 de enero del 2031.

Mientras tanto y tomando en cuenta lo que indicamos, anteriormente, que la tasa base (90%) se eliminará en 10 etapas anuales iguales, da como resultado una desgravación anual de 9%.

Posteriormente, analizaremos y presentaremos la desgravación de otros productos sensitivos en el TPC como: carne de cerdo, arroz descascarillado (arroz pilado) y otros más donde destacaremos los productos que tienen el nivel de la salvaguarda agrícola activada.

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