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- 20/01/2024 00:00
Falsificaciones, falsificadores y fe pública
Hoy, como ayer, el mundo de la falsificación no ha desaparecido, están los falsificadores de moneda, de medicamentos, los de mercancías, de sellos públicos, de obras de arte, entre otros, pero es difícil combatir el mercado de la falsificación, pues, está formado también por consumidores, que en el caso de artículos de moda le es indiferente, estos hechos, pues prefieren pagar un precio más bajo.
En esta ocasión, sin embargo, es necesario abordar la falsedad documental, hecho que ha sido mencionado en el caso de la “muñeca del ataúd” y que constituye un delito contra la Fe Pública, que puede recaer tanto en un documento público como privado, haciendo referencia a los aspectos más importantes, ya que en esta materia el código penal contempla una diversidad de falsificaciones.
¿Pero por qué las falsificaciones constituyen una amenaza? Una falsificación de un documento público o privado, atenta contra la confianza y valor que le atribuye la sociedad a estos documentos que dan autenticidad, y que son necesarios para la convivencia en la sociedad.
Con la falsificación se falta a la verdad, y se provoca un engaño a terceras personas a través de un documento, y diríamos que además de atentar contra la fe pública, se defrauda a la persona, causándole un daño moral irreparable, como ocurre cuando hay falsedad sobre un certificado de defunción, que se trata de personas no fallecidas, o que nunca existieron.
¿Qué hace un falsificador y porque lo hace? Falsificar implica modificar o alterar elementos esenciales de un documento, ya sea total o parcial. La falsificación exige que se altere un objeto preexistente, en la que se persigue presumir la autenticidad del mismo. Así, el falsificador, sea hombre o mujer, presenta un documento como auténtico, cuando no lo es, luego de haber manipulado el documento original o auténtico de manera total o parcial, incluyéndole datos o elementos de manera intencionada, o también crea a partir del documento auténtico un documento falso, en la cual la tecnología favorece este tipo de hechos. Así, por ejemplo, puede alterar una cédula introduciéndole cambios a la foto o a los datos, o alterar una carta de trabajo, o un certificado médico, o un diploma universitario.
Quienes hacen la falsificación, lo realizan por diversos motivos, se cuenta de un reo que había falsificado un certificado de defunción para evadirse de la cárcel, o de un dueño de una funeraria por dinero, en otros supuestos se ha efectuado por oficiales que atendieron una emergencia, o por profesionales de la salud que se dedicaban a cobrar millonarios seguros de vida.
El falsificador es un sujeto profesional, meticuloso, perfeccionista de su trabajo, y el historial de alguno de ellos ha sido inspiración para películas como “Atrápame si puedes” (2002), de un sujeto que falsificaba cheques y otros documentos, fingió ser piloto de la aerolínea Pan Am, para viajar gratis, entre otros, aunque en sentido contrario, por motivos altruistas tenemos la historia del “falsificador argentino” Adolfo Kaminsky, que con su arte salvó la vida de miles de millones de judíos (Cecchini, 2023).
En conclusión, el que falsifica un documento público, una escritura pública, es castigado con pena de cuatro a ocho años de prisión, siempre que con ello pueda resultar perjuicio. Si se trata de falsificar o alterar un pasaporte, la cédula de identidad personal, la licencia de conducir, visas u otros documentos, la pena es de cinco a diez años, al igual que cuando hace uso del mismo; y existen otros tipos de sanciones para otros tipos de falsedad previstos en el Código Penal Panameño.