• 31/08/2021 00:00

Una ley para regular una actividad que no existe

“Legislar para eliminar la competitividad de nuestra nación y favorecer a un grupo económico es lo menos aconsejable en estos momentos de crisis social y económica”

¿Sabía usted que el crucero Star Brezze, que está recorriendo nuestro mar Caribe y luego cruzará el Canal de Panamá para recorrer nuestro mar Pacífico, no podría recorrer nuestros mares si se aprueba la ley de cabotaje? Lo que también nos deja con la interrogante con respecto a aquellos buques de bandera extranjera que utilizan el HUB de trasbordo y que, por la naturaleza de sus operaciones, usualmente recalan primero en un puerto en las entradas del Canal y posterior a su tránsito en los puertos en el otro océano.

La propuesta de ley de cabotaje reúne otros temas importantes, pero le han introducido el artículo 65 que dispone “la nacionalización” del cabotaje en las aguas panameñas.

La realidad es que la actividad de cabotaje como tal, “Transporte marítimo de carga o pasajeros cuyo origen y destino final se encuentren entre las aguas jurisdiccionales de la República de Panamá para la cual se necesitara una licencia de operación”, no existe en Panamá, salvo en el caso de muy pocas embarcaciones que salen del muelle fiscal del mercado con destino al Darién y algunas pequeñas embarcaciones en las 365 islas del archipiélago de San Blas.

Con la nueva ley y sus muy estrictas regulaciones, no podrían ejercerse esos servicios de transporte de pequeñas embarcaciones, los que desaparecerían, ya que no podrían cumplir con las exigencias legales. En todo el litoral panameño existen alrededor de 100 instalaciones de muelles y embarcaderos y ninguna dedicada al cabotaje.

El objetivo oculto de los promotores de la ley es controlar las barcazas de petróleo en el Canal de Panamá y eliminar la competencia. Esta propuesta de ley ya había sido elaborada por Martinelli para favorecer a una empresa de sus hijos y la historia es conocida, un empresario preso y los hijos de Martinelli acusados de lavado de dinero.

La mala costumbre de hacer leyes para beneficiar a grupos económicos, que empezó en 1904, atenta contra la competitividad del país, encarece los precios y la oferta de productos pierde calidad.

Esto es lo que se conoce como el “capitalismo de amigos” y contribuye a paralizar la inversión extranjera, beneficiando a los países vecinos que atraen esa inversión.

Panamá es signataria del Tratado de Libre Comercio e Integración Económica Centroamericana. Este convenio establece en su artículo XV lo siguiente:

“Las naves marítimas o aéreas, comerciales o particulares, serán tratadas en los puertos y aeropuertos abiertos al tráfico internacional de los otros estados, en iguales términos que las naves y aeronaves nacionales correspondientes. Igual tratamiento se extenderá a los pasajeros, tripulantes y de los otros estados contratantes”.

La propuesta de ley, mal llamada de cabotaje, viola este artículo.

Pero, además, viola los acuerdos de servicios marítimos auxiliares con 44 países.

El Transporte Marítimo de Corta Distancia que soluciona el intercambio comercial de carga y pasajeros de la región es la única iniciativa presentada por Panamá ante el proyecto, “Integración y Desarrollo de Mesoamérica” y aprobado en la reunión de presidentes de Estado de esta región en Tuxtla, México. Nuestro país ha sido el encargado de planificar y ejecutar el proyecto del TMCD que se está aplicando en Méjico, Guatemala y Costa Rica.

La ley de cabotaje acaba con la participación de Panamá en este acuerdo multinacional.

La definición de cabotaje usada en el proyecto de ley cuestionado es de la edad media “Navegación o tráfico que hacen las naves entre puertos internos del país sin perder de vista la costa”. La verdadera definición es la que aparece anteriormente.

La comunidad europea de transportes ha implementado, con el libro blanco de transporte (2001) y el libro verde (2006), los conceptos necesarios y actualizados al mundo globalizado a una política de desarrollo económico a través del mar.

Es por ello por lo que crearon las autopistas del mar y el Transporte Marítimo de Corta Distancia, dejando obsoletas las disposiciones de leyes de cabotaje que se pretenden implantar en Panamá. Igualmente, en América del Sur, Brasil liberó las restricciones a la navegación de las embarcaciones extranjeras, alcanzando un desarrollo en el sector marítimo nunca visto en la historia de ese país. A propósito, Brasil se ha convertido en uno de los países que están contratando cadetes panameños. Chile acaba de liberar el cabotaje y así lo ha hecho Colombia entre Buenaventura y los puertos del Caribe. Igualmente, Perú lo hizo hace 10 años. Los EE. UU. mantienen un control férreo sobre sus costas para favorecer a algunas navieras y ha condenado a Puerto Rico a no ser competitivo con el resto de las islas caribeñas.

¿Consideran que nuestro país, que es marítimo por naturaleza y que necesita unir e integrar sus costas con sistemas de navegación de corta distancia de nivel mundial, pueda ir a contrapelo de las tendencias exitosas, rentables y que traen desarrollo a las comunidades costeñas?

En el colmo de argumentar el sin sentido de esta propuesta de ley, sus promotores han llegado a afirmar que “Singapur protege el cabotaje”, lo que es falso, porque ese país no tiene cabotaje ¿Creen Uds. que una isla un poco más grande que Coiba, que se recorre en automóvil en pocas horas, necesita cabotaje?

Los panameños iremos atrás del desarrollo marítimo con esta propuesta de ley. Y estoy seguro de que terminará afectando el registro de naves.

La razón es sencilla, el 80 % de la carga del mundo la llevan 5 alianzas marítimas y son empresas que navegan por todos los mares del mundo. Si el 50 % del costo de las embarcaciones es el combustible y aquí, con esta ley perdemos competitividad, todos esos barcos repostaran en otros lugares. A propósito, ya Costa Rica anunció que venderá Bunker.

Pero, además del impacto negativo de la ley en la competitividad del país y en la forma en que afecta convenios internacionales, es importante señalar que la ley también modifica las competencias y alcance institucional de la Autoridad Marítima de Panamá. Otorgándole facultades en temas financieros que no le corresponden a una institución que por su propia naturaleza es de carácter técnico. La ley le da derechos a administrar fondos de inversión, y que estarían respaldados por fondos del Presupuesto General del Estado.

El país está en una coyuntura económica peligrosa. Otros países están atrayendo inversiones.

Legislar para eliminar la competitividad de nuestra nación y favorecer a un grupo económico es lo menos aconsejable en estos momentos de crisis social y económica.

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