• 22/03/2012 01:00

Ellos necesitan protección

D espués de luchas, manifestaciones, expresiones de apoyo de las asociaciones y del compromiso de mis colegas, se ha llegado a la aproba...

D espués de luchas, manifestaciones, expresiones de apoyo de las asociaciones y del compromiso de mis colegas, se ha llegado a la aprobación del proyecto que busca mayor protección a los animales domésticos. Este documento de ocho capítulos y 23 artículos es un paso hacia lo que yo he denominado la reivindicación de las mascotas.

Reconozco que no se consiguió todo lo que perseguíamos, pero, con el tiempo podemos llegar a esas aspiraciones. Esta Ley tiene por objeto prevenir, erradicar y sancionar el maltrato, el abandono y los actos de crueldad en contra de los animales domésticos. Cabe resaltar que el animal doméstico que el hombre haya escogido como mascota tendrá derecho a que la duración de su vida sea conforme a su longevidad natural, mediante su atención, cuidado y protección; en consecuencia, no deberá ser sometido a malos tratos ni a actos de crueldad.

También es importante destacar que los experimentos con animales solo podrán realizarse cuando exista justificación de que los resultados deseados no pueden obtenerse mediante otros procedimientos y de que son necesarios para el control, la prevención, el diagnóstico o el tratamiento de enfermedades que afecten al ser humano o a las especies animales, así como para el avance de los conocimientos de ciencia básica. En caso de experimentos con animales domésticos, solo se permitirán cuando los realicen universidades acreditadas mediante personal idóneo.

El comercio con animales domésticos se permitirá siempre que la exhibición y venta se realicen en locales con instalaciones adecuadas para cada especie y se cumplan los reglamentos sanitarios. Toda persona natural o jurídica podrá comercializar perros y gatos a partir de los dos meses de edad. La venta de animales domésticos no se permitirá en las vías públicas.

Quien sea dueño de un animal doméstico deberá tomar en cuenta lo siguiente: recolectar el excremento del animal doméstico cuando este defeque en la vía pública o predios privados. Mantener libre el acceso al agua y alimentos a los animales dentro del hogar o sitio donde se destinen. Cuando el animal esté amarrado por razones de seguridad, mantener la cadena o soga a una distancia prudencial que le permita moverse, acceder a su fuente de alimentación, descansar y defecar sin tener contacto directo con las heces. Mantener al día y a la vista su registro de vacunación o control veterinario y disponer de manera higiénica del cadáver de su animal cuando este muera.

Quedan prohibidas las peleas de perros, las carreras entre animales y las lidias de toros, ya sean de estilo español o portugués, con excepción de las peleas entre gallos, carreras de caballos, deportes ecuestres, corridas o barrera de toros y demás competiciones de animales reguladas por leyes especiales.

Los circos que se instalen en el territorio nacional, en cuyos espectáculos utilicen animales de cualquier especie, que incurran en actos de crueldad contra estos, podrán ser suspendidos por la autoridad competente. En tal caso, adoptará medidas de protección para el animal afectado. Toda persona que se encuentre en territorio nacional deberá denunciar cualquier hecho que atente contra los derechos de los animales domésticos.

Para tal efecto, podrán recibir las denuncias la Policía Nacional, la Dirección de Investigación Judicial, los corregidores, los inspectores municipales, la Autoridad Nacional del Ambiente, la Autoridad de los Recursos Acuáticos, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Desarrollo Agropecuario y cualquier otro que se constituya en el futuro.

Jamás pensé que este proyecto iba a tener tanta repercusión, nacional e internacional. Diarios de México, España, Chile, Nicaragua, Inglaterra, al igual que organizaciones mundiales, han destacado las bondades de esta ley.

DIPUTADO DE LA REPÚBLICA.

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