• 19/02/2021 12:58

Desidia ante la ignominia hacia niños

Cada Estado crea las condiciones necesarias para que a través de sus instituciones se pueda lograr los objetivos plasmados en acuerdos o convenios

"No hay causa que merezca más alta prioridad que la protección y el desarrollo del niño, de quien dependen la supervivencia, la estabilidad y el progreso de todas las naciones y, de hecho, de la civilización humana".

Plan de Acción de la Cumbre Mundial a favor de la Infancia, 30 de septiembre de 1990.

Así con estas palabras, “De los niños depende nuestra supervivencia, la estabilidad y el progreso de todas las naciones” inició la cumbre de 30 de septiembre de 1990. Bajo el marco de estos presupuestos idealistas nacen Instituciones como el Ministerio de Desarrollo Social, al cual a su vez están adscritos otras instituciones especializadas en la protección de la familia, el niño y la niña, y otras entidades descentralizadas, como es el caso del SENNIAF, que tiene por objetivo lograr alcanzar ese fin máximo, proteger el futuro de la nación; o sea proteger a los niños y niñas de nuestro país. De la Convención sobre los Derechos del Niño y La Niña, surgieron algunos principios que fueron adoptados por las leyes de los Estados. En Panamá nuestro Código de la Familia y el Menor, así como leyes especiales que regulan lo concerniente a la protección que el Estado debe brindarles.

Para el análisis, rescatemos algunos de estos principios:

Principio2

El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a que se atenderá será el interés superior del niño.

Principio 9

El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación. No será objeto de ningún tipo de trata.

No deberá permitirse al niño trabajar antes de una edad mínima adecuada; en ningún caso se le dedicará ni se le permitirá que se dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o su educación o impedir su desarrollo físico, mental o moral.

Principio 10

El niño debe ser protegido contra las prácticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa o de cualquier otra índole. Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes.

Así las cosas, luego entonces cada Estado crea las condiciones necesarias para que a través de sus Instituciones se pueda lograr los objetivos plasmados en esos acuerdos o convenios.

En Panamá, la Institución que regenta o dirige las políticas sociales del Estado, lo es el Ministerio de Desarrollo Social, concebido con el objeto de agrupar aquellos Institutos y/o Secretarías que separadamente ejercían esas funciones.

¿Cuál es la función del MIDES en Panamá?

El Ministerio de Desarrollo Social es el ente rector de las políticas sociales del Estado panameño. Esta institución lidera la inversión social para el fortalecimiento de las habilidades y capacidades del capital humano del país para lograr la sostenibilidad del desarrollo nacional. Para ello, a su cargo están los Institutos y Secretarías adscritas al mismo (INAMU, SENADIS, SENIAF y SENAPAN), con el MIDES como ente rector del área social con el fin de llevar a cabo planes y /o actividades que favorezcan y fortalezcan el capital humano, impactando con ello a la sociedad, con un crecimiento económico sostenido.

El SENNIAF, por su parte fue creada mediante Ley 14 del 23 de enero de 2009 y es una entidad pública descentralizada y especializada del Estado, responsable de coordinar, articular, ejecutar y dar seguimiento al cumplimiento de las políticas de protección integral de los derechos de la niñez y la adolescencia.

¿Qué programa ofrece el SENNIAF en Panamá?

• Promoción y Divulgación de los Derechos de la Niñez.

• Supervisión y Monitoreo de Casas Hogares.

• Atención y Restablecimiento de la Dinámica Familiar.

• Protección del Derecho a la Convivencia Familiar.

• Prevención y Atención a Niños, Niñas y Adolescentes Víctimas de Violencia

Sexual.

• Paso Seguro.

El Artículo 3 de la referida Cumbre sobre los Derechos del Niño, señala en cuanto a las obligaciones de los Estados firmantes, lo siguiente:

1. En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño.

2. Los Estados Partes se comprometen a asegurar al niño la protección y el cuidado que sea necesario para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de él ante la ley y, con ese fin, tomarán todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas.

3. Los Estados Partes se asegurarán de que las instituciones, servicios y establecimientos encargados del cuidado o la protección de los niños cumplan

las normas establecidas por las autoridades competentes, especialmente en materia de seguridad, sanidad, número y competencia de su personal, así como en relación con la existencia de una supervisión adecuada.

Cómo vemos, el Estado Panameño, a través de sus instituciones como el MIDES y a su vez el SENNIAF, están obligados por tratados internacionales suscritos por Panamá, a proteger la integridad de los niños, niñas y adolescentes que se encuentren en el territorio nacional.

Así lo indican como vemos los convenios o tratados internacionales, y así sobre esas premisas, el Estado estableció su régimen de administración y organización, al establecer la composición de la junta directiva que regentaría el SENNIAF:

JUNTA DIRECTIVA

Ministra del MIDES (presidente)

Ministro de Salud

Ministra de Educación

Ministra de Trabajo y Desarrollo Laboral

Ministro de Economía y Finanzas

Contralor de la República

Dos Representantes de la Red Nacional de Apoyo a la Niñez y Adolescencia en Panamá

Dos Representantes del Consejo Nacional de Familia

En los últimos días hemos sido testigo de grandes sobresaltos en materia de Política Social, se nos ha venido encima una avalancha de acusaciones, denuncias, rumores y demás en torno a hogares o albergues dedicados, o sobre quienes el Estado ha delegado su deber de “cuidar de los niños, niñas y adolescentes” situación que sin lugar a dudas afectan no solo el nombre de nuestro País, sino que también afectará la calidad de vida de aquellos niños y niñas humildes que sin pedirlo han sido presa de esta sociedad corrupta en la que nos encontramos.

¿Qué si el gobierno es responsable? Contesto con un categórico SI, pero no un SI porque me da la gana, no un SI sin sentido ni antojadizo; es un SI, controlado, con una explicación que a continuación doy.

Hoy hemos escuchado con asombro al presidente de la República y a la Ministra de Desarrollo Social, brindar, por fin, las declaraciones esperadas por todos. Pero cual de las dos más desafortunadas. Veamos:

NITO CORTIZO, en un mensaje grabado a la nación y a través de su cuenta de twiter expreso ¨pueblo panameño, la Primera Dama @yazcortizo y yo compartimos el dolor y la indignación general por el reciente conocimiento de situaciones que lesionan los derechos fundamentales de menores de edad en nuestro país¨

Al mismo tiempo MARIA INES CASTILLO LOPEZ, Ministra de Desarrollo Social, en entrevista a los medios indicó: “Que en su administración se han cerrado al menos 8 albergues por malos manejos”

De las palabras de Nito se desprende que, de todos los acontecimientos de los albergues, él se acaba de enterar, “reciente conocimiento”; pero por otro lado, la propia Ministra de Desarrollo lo desmiente, pues alardea que “en su administración se han cerrado al menos 8 albergues por malos manejos”.

Lo cierto es que existe información sobre irregularidades en esos sitios regentados por el MIDES y SENNIAF, sin que se sepa si esas situaciones irregulares llevaron a la investigación, juzgamiento y sanción de los responsables.

Escuchado lo señalado por el presidente Cortizo y su Ministra de Desarrollo Social, me puse a revisar las plataformas digitales, y encontré en www.focopanama.com una noticia del 6 de agosto de 2020. El artículo de FELIX TIJERINO, indicaba lo siguiente:

“el pasado 4 de agosto, la Fundación Chilibre Panamá, un albergue infantil de niños y niñas en Tocumen, fue allanado y tomado por el SENNIAF. Como consecuencia, todo su personal fue despedido, dejando en la incertidumbre el destino de 50 niños y niñas que residen en este lugar.

Esta devastadora noticia llegó a las pantallas de los panameños, pero sin revelar ni un mínimo porcentaje de la pesadilla y las perturbantes irregularidades que han vivido estas niñas y niños en este albergue”

Esta noticia paso desapercibida ante la mirada de miles y miles de ciudadanos. En en ella se indica que : 1) SENNIAF allanó y tomó el control de un albergue. 2) Destituyo a todo su personal. 3) Nunca salieron a la luz pública las irregularidades que SENNIAF encontró en ese lugar y que motivó el despido del personal a cargo del mismo. Incluso ni el propio Presidente se enteró que ese albergue, desde donde recientemente se escapó una niña y denunció maltratos, ya había sido allanado por el SENNIAF y sus empleados destituidos, o al menos eso fue lo que nos hicieron creer.

Al asumir sus cargos, los funcionarios públicos, Presidente, Ministros, Procurador, Directores o Secretarios de las instituciones involucradas en este bochornoso y triste escándalo, juran “cumplir y hacer cumplir la Ley”. Esto no es más que un mandato de nuestra Constitución Nacional, plasmado específicamente en su artículo 17, que a la letra nos indica:

“ARTÍCULO 17 C. N: Las autoridades de la República están instituidas para proteger en su vida, honra y bienes a los nacionales donde quiera que se encuentren y a los extranjeros que estén bajo su jurisdicción; asegurar la efectividad de los derechos y deberes individuales y sociales, y cumplir y hacer cumplir la Constitución y la Ley. Los derechos y garantías que consagra esta Constitución deben considerarse como mínimos y no excluyentes de otros que incidan sobre los derechos fundamentales y la dignidad de la persona.”

¿Como pasó desapercibido ante los ojos de nuestras autoridades, aquel evento narrado por FOCO en agosto de 2020?

¿Dónde estaban nuestras autoridades, mientras esos niños eran abusados?

¿Dónde está el resultado de las investigaciones que realizó el MIDES y SENNIAF, luego de allanar ese albergue y despedir a sus empleados?

¿Qué papel ha jugado el señor Eduardo Ulloa y su Ministerio Público frente a todos estos hallazgos dantescos?

¿Por qué el hermetismo de nuestras autoridades, frente a este tema, siendo que no se trata solo de lo que conviene a sus copartidarios, sino del bienestar de niños y niñas indefensos?

El gobierno supuestamente liderado por Nito Cortizo, no puede desligarse de los objetivos en materia de protección al niño y la niña, que es, prevenir la materialización de las diversas causas de riesgo de vulneración a que se ven expuestos los niños, niñas y adolescentes, en cualquier entorno donde se desenvuelven; garantizando la protección integral en el marco de las competencias y funciones establecidas por la Ley y los Convenios Internacionales.

La disyuntiva en cuanto a estos hechos pareciera que se trata de responsabilizar de estos actos a anteriores administraciones; sin embargo, a casi dos años de gobierno, no son válidas esas excusas, ni mucho menos eximen de responsabilidad a las actuales autoridades, NITO CORTIZO, MARIA INES CASTILLO LOPEZ, MARIA INES SILVERA, KARLA GARCIA y el Procurador General de la Nación, EDUARDO ULLOA MIRANDA. TODOS le deben una explicación al país por estos actos que permitieron que pasaran, y que si no fuera por la exposición mediática actual, jamás nos enteraríamos de lo ocurrido.

No había ninguna persona investigada, no hay nadie detenido, una subcomisión legislativa creada con buenas intenciones, pero sobre un sustento ilegítimo y lo saben; con fotitos con un Procurador pusilánime y sin vocación.

Permitirles que nada pase no sería correcto, sería inmoral que no lleguemos a la verdad, esa verdad material que, en sentido estricto, en un Estado libre y democrático garantiza un equilibro entre los asociados que no se deben nunca perder de vista.

INMORALIDAD: todo acto que vulnera principios éticos establecidos por la sociedad.

De allí, que resulta altamente INMORAL que pidamos por rumores, paredón cuando se está en oposición y pruebas infalibles, irrefutables e imposibles cuando se ejerce el poder en gobierno, de eso no se trata la justicia. Nos recuerdan esos momentos, en los que, en otrora épocas, algunos legisladores, comulgaban con la impunidad so pretexto o a expensas de la inmunidad parlamentaria que ostentaban, nada más impopular en esa época, pero oportuno para algunos, como vemos.

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