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- 22/10/2011 02:00
En cumplimiento de un deber ciudadano
ABOGADO
Como ciudadano y abogado de este país, preocupado por la dignidad de la patria y de que no se vulneren principios sagrados de nuestra nacionalidad, elevo mi voz de protesta contra la nociva iniciativa del Ejecutivo de pretender reformar la Ley de Sociedades Anónimas y eliminar el velo corporativo.
Desde que fue creada la Ley 32 de 1927 sobre Sociedades Anónimas, su naturaleza primordial es que permite el anonimato en cuánto a sus accionistas, marcando una clara diferencia con las sociedades en comandita simple que establece el Art. 330 y ss. del Código de Comercio. Si bien es cierto en sus inicios esta Ley no tenía las ventajas o no existían mecanismos para darle mayor sentido y fuerza jurídica de lo que ella implicaba, hoy por hoy es una forma de mantener el secreto o velo corporativo con respecto a los dueños y bienes de las sociedades anónimas. El Ejecutivo pretende ahora que se revelen los accionistas, su porcentaje de participación y que las acciones no se realicen al portador, es decir, que se elimine el velo corporativo.
De aprobarse, implicará una significativa merma en muchos aspectos, tales como:
a) Emigración inmediata de inversionistas que ya no requieran las sociedades anónimas, hacia otros registros, como Delaware, Bahamas, Islas Británicas, etc.), donde salvaguardan su identidad.
b) La disminución significativa en la recaudación fiscal, ya que es de todos conocido que por virtud de la inscripción de sociedades anónimas, el Fisco recibe altos ingresos, por los derechos de inscripción en el Registro Público, pago de la primera tasa única, y pago de las subsiguientes tasas únicas por año. Es más, una simple revisión de las recaudaciones tributarias que el Fisco recibe anualmente, producto de las sociedades anónimas y sus derivados (actas, poderes, certificados, dividendos, etc.), obligarían a condenar a cadena perpetua al proponente de esta torpeza reformativa. ¿Por qué tenemos que actuar como amanuenses o serviles?
c) Se eliminarían las declaraciones de renta de las firmas de abogados y los dividendos de los accionistas, que obviamente redundan en beneficio del Fisco.
d) El cierre de muchas firmas de abogados o la reducción de su personal por falta de trabajo, al margen de todos los efectos colaterales que podrían desencadenarse y que aún se desconocen (efecto avalancha).
Por otro lado, y ante la incontrolable delincuencia que cada día cubre nuevos campos delincuenciales, sería como darle en bandeja de plata toda la información a los delincuentes sobre quiénes son los dueños de una sociedad, donde ejercen sus actividades, sus ganancias, las operaciones y demás, y lo más grave es, que con esta actitud vamos a complacer a las jurisdicciones foráneas como Delaware y los países del Caribe (Belize, Islas Británicas, las Bahamas y demás), por lo cual obviamente los inversionistas o clientes querrán irse de Panamá y disolver sus sociedades, al aprobarse una Ley de este talante.
Este Proyecto de Ley debe someterse a serios estudios y debates, pues no podemos darnos el lujo de complacer jurisdicciones foráneas o enemigos competidores extranjeros. No podemos permitir que el Estado panameño, obligue a sus abogados y ciudadanos, por virtud de la pretendida reforma, a convertirnos en testaferros recaudadores de tributos e impuestos, porque con esto se violentaría la dignidad de la Nación y la profesión del abogado.
Los Tratados de doble tributación y la reciente Ley aprobada de ‘Conoce a tu cliente’, nos exige recabar la mayor información sobre quiénes son los accionistas de las sociedades, porcentaje de sus acciones y las actividades a que se va a dedicar la empresa, lo que nos convierte en garantes de la licitud de la sociedad, de los negocios que ejerce y de sus propietarios. No hace falta nada más.
Debemos preguntarnos, ¿por qué no se le ha ocurrido al Senado o a la Cámara de Representantes de los Estados Unidos de Norte América, eliminar las acciones al portador de las sociedades anónimas del Estado de Delaware, de Nevada o de Las Vegas y otros? ¿Por qué será que el gobierno británico permite las acciones al portador de las sociedades de muchas de sus islas? ¿Será que somos los más tontos útiles o serviles de su patio trasero?
Es lamentable que malos panameños (quizás financiados por otras jurisdicciones) pretendan reformar una ley que salvaguarda en todos los aspectos lo mejor que tiene Panamá, el servicio y garantía de encontrarse en un país que vela por la seguridad y estabilidad financiera de sus inversionistas.
Estamos seguros de que el sentido común y, sobre todo, la dignidad de nuestros gobernantes, se impondrá ante tan nociva e indigna propuesta reformatoria de la Ley 32 de 1927.