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- 17/03/2013 01:00
Sobre honor fama
Tenemos una serie de dichos y diretes en relación a nuestro agitado mundo político criollo y eso que los que votamos a lo mejor no pasamos de un par de millones que ahora, en estos pasados 20 años de democracia, a veces aplaudimos al Tribunal Electoral y otras los criticamos, siempre en función de la llamada fiesta electoral, cuando por alguna razón se activa dicho cuerpo colegiado. Debemos clarar que estos funcionarios públicos trabajan todo el año en distintas actividades afines.
Hay que descargar todas las acciones incoadas en relación de los comicios, ese planeamiento de cada evento o las elecciones parciales que nunca faltan, igualmente se activa en caso de levantar el fuero electoral en asuntos de procesos contra alguno de los favorecidos, los ajetreos de las primarias de cada partido o cuestiones como las variadas invitaciones en calidad de observadores cuando en otras jurisdicciones hay elecciones, lo que es muy común. Nosotros gozamos del correspondiente prestigio político en este sentido, sobre todo, por la alternabilidad del poder, muy común en Panamá, y además por el inmediato reconocimiento de los que pierden el certamen, lo que significa que hay transparencia en estos eventos.
Sobre las leyes en defensa del honor, quedan algunos resabios de esos clásicos Códigos Penales, en donde existía el duelo como una característica en donde se zanjaban esas diferencias morales, por las ofensas precisamente que en perjuicio del honor. En otras latitudes, las ofensas al honor producen la muerte al instante, la deshonra de una hija embarazada en el Medio Oriente es un sinónimo de muerte envuelta en una absoluta impunidad. Así podemos leer cuestiones de la familia paquistaní: ‘En las sociedades modernas el concepto de ‘honor’ se refiere a la conducta individual, a la integridad de una determinada persona de acuerdo a su comportamiento social. En las sociedades comunales, este término abarca el comportamiento social colectivo de una familia. En este tipo de sistemas, un individuo es responsable por el honor de todo el grupo familiar, así, el honor de un hombre depende del comportamiento de su mujer, el de un padre, de la conducta de sus hijas’.1 Y es que en estas sociedades cerradas, en las cuales se generan redes de vigilancias en la represión contra la autonomía de la mujer, cuyos crímenes contra el honor se castigan severamente y de manera pública para disuadirlas o desalentarlas para que no cometan deslices. Para estas cuestiones no se necesitan pruebas.
Lo que pasa es que esta fama ganada en algunos momentos las desconocen los que sienten que sus derechos electorales los violan. Hace poco hubo un revuelo por las reformas electorales que siempre deben estar presentes cada vez que termina una de estas jornadas nacionales, porque sobre la experiencias que producen con las fallas en cada certamen lo que debe ser propio en un Estado de Derecho. Lo importante es que hay voces que disienten por alguna razón y cuando esto ocurre, se desatan las discusiones públicas y se echan en cara las actuaciones del pasado, las discordias suben de tono, viene las lluvias de diatribas, los enconos a mansalva, el rechazo y todas las demás cosas adjuntas en todo sentido negativas y aquí tenemos de manera repetida las diarias y constantes discusiones por las reformas de la Ley Electoral y ahora por un pacto ético, cuando aquí no se protege el honor en ningún sentido.
Tenemos que hablar un poco de la doctrina ética, que tiene como objeto de estudio la moral y la acción humana. Por supuesto que la ética tiene varias acepciones que en su conjunto trata de garantizar que se cumplan las leyes morales o legales. Una doctrina ética elabora y verifica afirmaciones o juicios. Claro que aplaudimos la actuación correcta a juicio de la mayoría lo mismo que lo incorrecto. Todo lo obligatorio hay que acatarlo sin que exista una coerción para que se cumpla. En Internet encontramos de todo como la expresión siguiente: ‘Ese político es corrupto’, ‘Ese hombre es impresentable’, ‘Su presencia es loable’, etc. En estas declaraciones aparecen los términos ‘corrupto’, ‘impresentable’ y ‘loable’ que implican valoraciones de tipo moral. Lo importante es que vamos en busca del bien común, pero bueno, hay que ver de qué lado está el que reclama o el reclamado. Otro aspecto relevante es el que gobierna y el que es gobernado, y aquí volvemos a comentar sobre los enfoques que se den, lo que convine o el resultado que se espera.
Lo importante es que tenemos leyes que, aunque muy pálidas, protegen la imagen, la honra, y también dicen que la dignidad, pero dichas leyes brillan en la Constitución Nacional, en leyes sustantivas como el Código Penal, y para lo que nos ocupa, tenemos el Código Electoral cuya tibieza espanta al más abotagado. El Código Electoral sostiene en el artículo 202: ‘La propaganda electoral queda sujeta a las siguientes restricciones: 3. El uso no autorizado de la imagen personal, según lo establece el Art. 577 del Código de la Familia’. Fíjense que insulso o pueril, esta advertencia. Pero si alguien transgrede esta norma no pasa nada, aparte de que utiliza de paraguas el artículo 577 del Código de la Familia, el cual dice en su primer párrafo lo siguiente: ‘Toda persona tiene derecho exclusivo sobre su propia imagen, la que no podrá ser reproducida públicamente, en forma alguna, sin el consentimiento de su titular, aun cuando hubiese sido captada en lugar público.’. Y ya pues, quedamos en nada y si alguien tiene que reclamar, será por la injuria o la calumnia, que tiene penas irrisorias, pero este es nuestro Derecho.
—1 http://roxanalevinson.wordpress.com/2011/01/28/crimenes-de-honor-la-familia-es-lo-primero/
ABOGADO Y PROFESOR UNIVERSITARIO.