• 09/02/2014 01:00

Réplica

La apreciada y distinguida periodista ADELITA CORIAT es a quien le correspondió reproducir lo sustentado por parte del Ministerio Públic...

La apreciada y distinguida periodista ADELITA CORIAT es a quien le correspondió reproducir lo sustentado por parte del Ministerio Público, sobre las labores de instrucción, previas a las investigaciones policiales, que en este mismo periódico aparece plasmado en la edición del pasado sábado, mediante el informe anual que debió ser del año 2013. Por supuesto que el título de la noticia ya viene preñado del inconfundible sabor inquisitivo, al denominar a los homicidas sin castigo, y enfatizar el grado alarmante de impunidad, que nosotros consideramos que en gran parte se da por la incapacidad laboral, pero que los oferentes en el discurso soslayan y lo atañen a la acumulación de expedientes, como si eso los significaran como un todo.

Las razones de investigaciones insulsas son variadas. Tenemos problemas legislativos, de enfoques, de una Policía Judicial agregada a la Policía Nacional de la que es dependiente, de personas sin ningún conocimiento en investigación penal, pero los expertos lo achacan a la acumulación de expedientes, aunque con eso del castigo a los delitos todavía trasciende, no al referirse al colapso del sistema inquisitivo (que debe ser sistema mixto). Esta no es la causa.

En esta cobertura noticiosa se habla de una frecuencia de 665 homicidios, que suponemos se dio en el año pasado y sin entrar en otros detalles, ahora se habla del crimen organizado como el principal responsable de los aumentos delictivos. Vamos a comentar algo de esto con la experiencia en la práctica diaria.

Nosotros representamos a los defensores y tenemos una mayor claridad sobre los motivos de dichos fracasos, lo que fundamentalmente radica en una pésima investigación aderezada con una mediocre instrucción, donde se ha perdido todo atisbo hacia el norte en la brújula de la investigación. Todo el que tiene noción de estos menesteres, coincidirá en que la investigación penal, sin dudas, es una combinación de la ciencia y arte. Para estas cuestiones, la policía, que, según el artículo 10 de la Ley 69 de 27 de diciembre de 2007, reina como activista, a los extremos de que el fiscal puede habilitar a cualquiera de sus miembros para que actúe como investigador. Vemos lo que nos regala la citada ley en su primer artículo sobre la sección agregada: ‘Se crea la Dirección de Investigación Judicial, dentro de la Policía Nacional, como cuerpo auxiliar del Ministerio Público y del Órgano Judicial’. Por supuesto que este radical cambio se debió a una serie de sabios que de repente vieron la luz, para alcanzar los triunfos que todavía no se han logrado.

En la próxima entrega nos vamos a referir al análisis de las conjeturas, que son afirmaciones supuestamente ciertas, pero que se deben comprobar; a las hipótesis, que son suposiciones, ideas que pueden no ser verdaderas, pero que se deben tejer con relación a los hechos y fomentar el método científico, que nos lleva por ese camino de las hipótesis sucesivas hasta dar con el clavo.

Tenemos que reconocer que la mayoría de expedientes mal trabajados, vienen así desde el comienzo con el anuncio de la novedad, con lo que se llama la noticia del crimen. Aparte de la política en criminalidad que aplicamos para estos menesteres, con la que se reafirma una tendencia sobre la represión en vez de prevenir o rehabilitar. A los criminales no los vamos a conmover al aplicar las penas aumentadas y con esto disuadirlos de su malsana encomienda. Hay muchas y variadas formas de prevenir los actos ilícitos. Es cierto que contamos con una Policía Nacional reforzada al máximo, con un envidiable y abultado presupuesto, pero en contraste y a la fecha se caen las diligencias y las audiencias de fondo, porque no hay unidades para el traslado de los presos. Un elemental escalón para evitar el rezago. Nosotros como sociedad en cambio, no tenemos la presencia policial en las calles, no garantizamos la cobertura sobre los lugares apartados y oscuros, que por supuesto, se convierten en lugares apropiados para que los malhechores puedan actuar con toda libertad al ejecutar sus fechorías. Esta es una de las fórmulas para prevenir los actos delictivos.

En las investigaciones generalmente observamos cómo se inicia con una disímil pesca de informaciones, que no provienen de ninguna fuente real, pero que fomentan un contraste de conjeturas que nacen de entrevistas con el supuesto sector anónimo, siempre temeroso de las represalias, pero estas inquisiciones se agregan sin ningún sustento legal. Vienen a formar parte del caudal probatorio sobre lo que se dice como hecho probado. Lo que valdría la pena saber es lo que ocurre detrás de esa cortina nebulosa entre el informante anónimo y el investigador, que, a pesar de esa intimidad comunicativa, no logra atraer al colaborador, para que forme parte testimonial, pero que en algunas ocasiones, lo transforma en ‘testigo protegido’, con una tergiversada información que en una mayoría de casos, las sonadas deposiciones no resisten el menor cuestionamiento.

En estas actuaciones se pierde toda coherencia, en un agravado esfuerzo por culpar al primer sospechoso. Las afirmaciones contradichas se confunden en una serie de informaciones dirigida a las autoridades, pero que pierden el orden sobre lo que se busca. Aquí tropezamos con las pruebas con las que se demostrar el acto ilícito y las otras destinadas a ligar al sospechoso al acto ilícito. No es posible que se puedan separar estos caudales que mencionamos, sin el menoscabo de reconocer que hay pruebas que se pueden usar en ambos sentidos. Toda investigación penal debe primero circunscribirse en la corroboración del delito y luego direccionar el esfuerzo en encontrar a los autores y partícipes.

Nosotros como sociedad, no vamos a resolver estos asuntos de la delincuencia galopante con el irracional aumento de las penas. Con estas extravagancias nos apartamos diametralmente del concepto de la justicia retributiva, que es parte de la teoría absolutista, puesto que lo que se busca es restaurar el daño causado para que se devuelva el orden social. Con los procesos penales no se busca la generación de un bien que favorecerá al afectado, más bien es una respuesta ante ese crimen cometido, aunque existen otras teorías relativas, como la de prevenir que puede ser direccionada a la sociedad o al sujeto criminal.

ABOGADO Y DOCENTE UNIVERSITARIO.

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