PANAMÁ

Fiestas Patrias: lo que debe pagar el sector privado por los días trabajados

  • 02/11/2025 11:00
Todo trabajador que preste servicios durante los días feriados tendrá derecho a un día de descanso compensatorio

El Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel) informó las disposiciones salariales que deberán aplicarse a los trabajadores del sector privado que laboren durante las Fiestas Patrias del mes de noviembre.

Según explicó la entidad, los colaboradores que trabajen los días 3 de noviembre, en conmemoración de la Separación de Panamá de Colombia; 5 de noviembre, Día de la Consolidación de la Separación de Panamá de Colombia; 10 de noviembre, Grito de Independencia de La Villa de Los Santos; y 28 de noviembre, Día de la Independencia de Panamá de España, recibirán un recargo del 150% sobre su salario ordinario.

Esta disposición se aplica debido a que dichas fechas están designadas como días de fiesta o duelo nacional, por lo tanto, son de descanso obligatorio, conforme a lo establecido en el artículo 49 del Código de Trabajo.

Asimismo, la normativa laboral establece que todo trabajador que preste servicios durante los días feriados tendrá derecho a un día de descanso compensatorio dentro de la misma semana.

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