Contrato ley viola siete artículos de la ‘Constitución’, Procuraduría de la Administración

Actualizado
  • 01/11/2023 14:15
Creado
  • 01/11/2023 14:15
De acuerdo con el análisis que hizo del procurador González, la Ley No. 406 violó los artículos 4, 266, 257, 259, 159, 258 y 290
Procurador de la Administración, Rigoberto González

El análisis de la Procuraduría de la Adminitración, a cargo de Rigoberto González, sobre el Ley No. 406, que establece el contrato entre el Estado y Minera Panamá, es que se violaron siete artículos de la Constitución Política, incluyendo el artículo 4 que establece que “La República de Panamá acata las normas del derecho internacional”.

Así está contemplado en la vista de la Procuraduría de la Administración que envió a la Corte Suprema de Justicia sobre una de las demandas de inconstitucionalidad que presentó el abogado Juan Ramón Sevillano.

De acuerdo con el análisis que hizo del procurador González, la Ley 406 violó los artículos, además del 4, el 266, 257, 259, 159, 258 y 290. El 266 es que el establece la obligatoriedad de realizad una consulta pública para otorgar una concesión de esta naturaleza y el 257 hace referencia a las riquezas del subsuelo que son objetas de concesiones.

El procurador concluyó que hubo una “ausencia de una consulta pública efectiva y previa, que garantizará el acceso a la información y participación ciudadana en general y no solo de las comunidades aledañas...”

En el análisis del procurador González también se incluye la labor legislativa en el proceso de aprobación del contrato ley. Consideró que la Asamblea Nacional infringió el artículo 159, numeral 15, en cuanto que solo debía aprobar o improbar el contrato ley y no solicitar al Ejecutivo el retiro del proyecto como lo hizo.

El procurador consideró, además, que el contrato ley viola la Constitución al comprometer el espacio aéreo, la tierra y otros bienes que no pueden ser objeto de apropiación privado, así como la apropiación de bienes por parte de Estados extranjeros.

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