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- 10/03/2015 01:00
En el proceso judicial seguido al hoy condenado exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia Alejandro Moncada Luna, con el Sistema Penal Acusatorio (SPA), se evidenciaron fallas que deben ser corregidas a la brevedad posible. A esa conclusión llegó un grupo de juristas consultados por La Estrella de Panamá .
Los vacíos en el proceso judicial contra un magistrado de la Corte Suprema, o un presidente de la República, fueron saliendo a flote a cada paso.
Hasta el último día de las audiencias hubo dudas, aunque al final se logró la satisfacción de la mayoría por la condena a cinco años de prisión y la destitución de Moncada Luna.
El SPA cumple tres años y cinco meses de haber sido adoptado en Panamá, pero esta fue la primera vez que se utilizó para llevar a un magistrado de la Corte Suprema ante un tribunal de la Asamblea Nacional, un órgano netamente político.
Las lagunas legales detectadas no fueron obstáculos en el camino para llevar a la cárcel a Moncada Luna.
LOS VACÍOS LEGALES
‘Han quedado muchos vacíos. El SPA tiene deficiencias en el proceso que se le sigue a un magistrado de la Corte Suprema, deficiencias que deben ser señalados y no se debe dejar pasar más tiempo’. Así reflexiona el vicepresidente del Colegio Nacional de Abogados, Juan Carlos Araúz, a quien La Estrella de la Panamá le pidió su opinión sobre el desarrollo del juicio y una evaluación del SPA.
De manera rápida y certera, agrega el abogado que las deficiencias del SPA en el reciente juicio no quieren decir que el proceso fue llevado en violación al derecho o el debido proceso. Las juezas de garantías y el fiscal lograron suplir esos vacíos.
Como juezas de garantías en el caso Moncada Luna actuaron las diputadas Ana Matilde Gómez, Katleen Levy y Zulay Rodríguez —abogadas de profesión—, quienes al final dictaron sentencia y ante la falta de un juez de cumplimiento, se han autoproclamado para esta función.
Hasta la fecha, ni el pleno ni la Comisión han procedido a designar a quien o quienes desempeñarían esa función.
Quien piensa que no está claro el tema es Roberto Troncoso, abogado y dirigente de la sociedad civil organizada.
Pero Esmeralda de Troitiño no ve ningún vacío legal en el SPA. La exmagistrada de la Corte hace una pausa y ordena sus pensamientos antes de dar una declaración. Después de meditar, dice: es la norma constitucional la que ordena a los diputados juzgar a los magistrados de la Corte. Es ese elemento el que convierte un juicio, que puede ser de orden penal, en uno político.
Otra falla que anota el vicepresidente del Colegio de Abogados se relaciona con el fiscal de la causa y la investigación a un magistrado. La hará el fiscal —un diputado— o debe buscar ayuda especializada en un órgano como el Ministerio Público.
La diputada y jueza de garantías Zulay Rodríguez detalló otras falencias que, a su juicio, se fueron encontrando en el proceso.
Una de esas fallas, según la diputada Rodríguez, está en la instancia donde se interpone un recurso de apelación. ¿Es la Comisión de Credenciales o el pleno de la Asamblea nacional la instancia que debe resolverlas?, se pregunta. ¿Cuál sería la instancia superior para ver algún reclamo de este tipo?
Ante el caso de que renunciara el defensor del magistrado de la Corte Suprema de Justicia, se tendría que nombrar un abogado defensor de oficio. ¿Debería ser un diputado el abogado defensor? ¿Cómo se elegiría al sustituto? ¿De cuál instancia saldría? ¿Quién lo designaría? Habría que tomar en cuenta que no todos los diputados son abogados y hay quienes no están en capacidad de asumir ese rol.
Por su parte, el abogado Ángel Álvarez dijo que la audiencia para la ratificación del acuerdo no está prevista en el SPA.
Las juezas de garantía, explica Álvarez, debieron esperar a que el fiscal de la causa presentara la acusación en el tiempo que corresponde o, de darse otro acuerdo, serían las partes las que convocarán al tribunal.
En el caso de que el imputado (magistrado) no quiera un acuerdo, ‘la justicia debe seguir su curso y no rogar que se haga ningún acuerdo’, expresó el abogado.
LO QUE SE DEBE HACER
Todos los juristas consultados coincidieron en que se debe establecer con prontitud una reglamentación, aprovechando el momento y la experiencia que se ha derivado de esta primera ocasión.
Araúz sostiene que si en este juicio se observaron vacíos legales, corresponde hacer las correcciones necesarias para que lo político no esté por encima de lo jurídico. ‘Lo que se puede hacer modificar las normas que permitan una precisión sobre qué es lo que se puede acordar’.
A eso se le suma Troncoso. La primera falencia del sistema es que no fue preparado para un juicio político. Se tienen que pensar en modificaciones, considera.
En tanto, sobre el intento de retractación del imputado, la exmagistrada Esmeralda de Troitiño explica que lo que se puede hacer modificaciones de normas que permitan una precisión en lo que se puede dar un acuerdo.