Denuncia penal contra alcalde panameño por violar cuarentena; fue multado en la playa

Actualizado
  • 02/08/2020 17:05
Creado
  • 02/08/2020 17:05
Por violar el artículo 308 del Código Penal, entre otras normativas, José Luis Fábrega podría enfrentar una pena de hasta 15 años de prisión

Luego de que el alcalde de la capital panameña, José Luis Fábrega, fuese abordado por las autoridades este sábado paseando a orillas de la playa Coronado, el abogado Rosendo Rivera interpuso una denuncia penal en su contra por violar las leyes sanitarias en medio de la pandemia.

Fábrega habría incumplido los Decretos Ejecutivos 499 del 19 de marzo y 490 del 17 de marzo, así como la Resolución 1320 y el artículo 308 del Código Penal, según Rivera.

Vía Twitter, el jurista publicó: "Ahora, luego de las fotos y la aceptación pública de ⁦@joseluisfabrega⁩ de que violó el Decreto 489 de 16 de marzo de 2020, debe el señor ⁦@eduardoulloa12 ⁩ y su ⁦@PGN_PANAMA⁩ iniciar de inmediato una investigación al tenor del artículo 308 CP. ¡Sería lo correcto!".

Con la demanda, el alcalde de Panamá podría enfrentar una pena de hasta 15 años de prisión al violar el artículo 308 del Código Penal, que dicta que "quien propague una enfermedad peligrosa o contagiosa para las personas o infrinja las medidas sanitarias adoptadas por las autoridades competentes para impedir la introducción o propagación de una enfermedad... podrá ser sancionado con la pena de cuatro a seis años... y de ser una enfermedad contagiosa se le podrá penar con 10 o 15 años de prisión".

Aunque al ser abordado por las autoridades el alcalde del partido oficialista informó que estaba frente a su residencia, en el sector de Coronado, atendió las instrucciones del Juez de Paz y la Policía Nacional.

Además del artículo 308, el alcalde incumplió con el cerco sanitario ubicado en La Espiga de La Chorrera y en el Balneario El Lago en Capira, establecido mediante el Decreto 499 del 19 de marzo, que declara las zonas epidémicas o de control sanitario por covid-19. Para pasar el cerco, el individuo debe contar con salvoconducto y demostrar a qué obedece su movilización para alguna función.

Cuando Fábrega fue abordado, el mismo no portaba una mascarilla, como lo ordena la Resolución 1320, que rige la cuarentena total para las provincias de Panamá y Panamá Oeste.

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Comunicado a toda la ciudadanía.

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