Juan Manuel Castulovich: 'Convocar a una constituyente es crear un clima innecesario de incertidumbre'

Actualizado
  • 25/03/2021 11:23
Creado
  • 25/03/2021 11:23
El abogado expone su postura sobre el movimiento pro constituyente que promueven políticos y organizaciones civiles

Juan Manuel Castulovish, abogado con vasta experiencia, diplomático y excandidato independiente para la Presidencia de la República (2014-2019), conversó con La Estrella de Panamá sobre la necesidad de hacer reformas constitucionales, pero dejó algo muy claro, una asamblea constituyente no es el camino para estos cambios.

Juan Manuel Castulovich

Considera que si bien es cierto hay necesidad de hacer reformas a la Constitución, con la constituyente se abre el camino para cambiar los 326 artículos de la carta magna, lo que podría afectar temas que deben ser intocables, como es el título decimocuarto sobre el Canal de Panamá.

Cambios como la elección de los gobernadores y la creación de diputados provinciales son algunas de las ideas que presenta este doctor en leyes como antídoto para acabar con el clientelismo político.

¿Cuál es su postura frente al movimiento pro constituyente?

La convocatoria a una asamblea constituyente en los términos en que lo han reflejado los medios de comunicación, promovida por algunos dirigentes de partidos políticos y algunas personas de la denominada sociedad civil, es absolutamente inconveniente. Creo que no es ni el momento ni se justifica la convocatoria de una asamblea constituyente o el inicio del proceso.

Lo que se pretende en este momento es iniciar un proceso constituyente que tiene varias etapas. Una es la iniciativa de recoger firmas; si se lograra, cosa que veo improbable. Pero en este momento los contenidos brillan por su ausencia realmente, salvo dos o tres ideas que se sueltan constantemente. Por ejemplo, se ha mencionado que vivimos bajo una Constitución militarista, que se requiere reducir los poderes presidenciales, que se requiere reafirmar la separación de los poderes públicos. Aparte de eso, ¿qué más hay en la propuesta? No hay contenidos y, por eso pienso que es inconveniente iniciar un proceso constituyente sobre formulaciones completamente abstractas, que no tienen ningún contenido específico.

¿Por qué cree que no estamos en el tiempo para una constituyente?

El país está enfrentando una crisis producto de la pandemia que tiene consecuencias económicas que rodean un peligro verdaderamente inminente para la tranquilidad, el sosiego público, el desarrollo de las actividades económicas y la vuelta a la normalización de la vida. Y si a todo eso le agregas un factor perturbador, como iniciar un proceso constituyente, se creará un clima de mayor inestabilidad.

Convocar a una asamblea constituyente suponiendo que se llegarán a conseguir las firmas, ¿qué ocurría en ese momento? El país entraría en una incertidumbre, porque aparte de los factores de inestabilidad que estamos viviendo, se agregarían otros factores. Nadie sabe cuál sería el producto de esta constituyente. Los constituyentes, según uno de los promotores, dirigente de un partido político, tendrán libertad absoluta para producir lo que ellos consideren una vez que estén funcionando. Piense usted nada más en ese clima de inestabilidad que existe, ¿quién vendría a invertir en el país si no hay certeza de cuál es el régimen jurídico? La norma principal del país estaría zarandeada sin rumbo. Nosotros, para poder reactivar la economía en este momento, necesitamos convertirnos en un polo para la inversión extranjera. ¿Quién vendría a invertir en el país bajo unas condiciones tan inestables como las que produciría el inicio de un proceso constituyente de rumbo incierto?

Se ha vendido la idea de que una constituyente resolverá los principales problemas del país. ¿Es cierto?

Es absolutamente falso. Las constituciones son tan buenas o tan malas como el resultado de su aplicación. Y el tema fundamental es que una ley puede ser buena.

Una constitución puede tener las normas más maravillosas. La Constitución tiene dos partes fundamentales y un agregado que es la norma sobre su modificación o el procedimiento que se puede seguir para hacerlo. La Constitución panameña, del título I al IV es la parte que se considera dogmática. Allí están consagrados los derechos económicos, los sociales y las garantías fundamentales. Todavía no he visto una sola propuesta que diga cómo reformar, por ejemplo, algunos de los artículos del título I al IV, que comprende los 240 primeros artículos de la Constitución. Nada se propone. Se habla de la parte institucional u orgánica de la Constitución, donde aparece la descripción de los órganos del Estado y su función. Yo puedo estar de acuerdo en que, por ejemplo, el título V, que se refiere al Órgano Legislativo, en su aplicación, ha dado como resultado una asamblea que es objeto de críticas, muchas muy justificadas, pero que tienen su raíz en el proceso o la manera como se elige a los diputados, sistema de circuitos, que actualmente patrocina el clientelismo. Es político, de eso no hay duda. Pero propongamos normas concretas de cómo queremos cambiar el sistema de elección de los integrantes de la Asamblea. Sobre eso, en la Constitución de 1946 los diputados se elegían provincialmente. Con los cambios posteriores pasamos al sistema de circuito. El tema es que habría que cambiar el sistema de elección. Pero debe haber propuestas concretas. ¿Cómo se cambiaría? Eso está ausente en todos los planteamientos.

Si la premisa de que la constituyente paralela resuelve los problemas del país es falsa, ¿cuál sería la fórmula para mejorar la situación del país?

No creo que la Constitución necesite un giro de 180 grados, porque esto equivale a que usted se coloque precisamente en la acera de enfrente. Por eso es que cada vez que hablan de constituciones nuevas rechazo el concepto, y muchos lo hacemos. Las constituciones nuevas solamente pueden existir cuando un país da un giro ideológico y se coloca en una posición antagónica diferente. Por ejemplo, en Cuba hubo una revolución y la constitución que existía no le servía al régimen que asumió el poder. En Venezuela hubo una revolución, la bolivariana, como la llamaba Hugo Chávez. Ellos necesitaban un nuevo estatuto constitucional. En Panamá, cuando ocurrió el golpe de Estado en 1968, la Constitución de 1946, que todos coincidimos en que era una gran constitución se cambió porque no le daba legitimidad al régimen que salió producto del golpe de Estado. Ellos requerían un estatuto constitucional y por los factores de poder imperante cambiaron el régimen y vino la denominada Constitución de 1972.

En Panamá, lo que se requiere es una transformación de su clase política. Hemos vivido bajo la premisa de que quien gana la elección debe gobernar en principio, pero quien pierde debe hacer todo lo posible para dificultar la vida a quien gobierna, porque creen que de esa manera pavimentan el camino para la eventual recuperación del poder en la siguiente elección. Mientras eso funcione con esos parámetros, es difícil que podamos ponernos de acuerdo en un texto de reforma constitucional.

Pero, veamos, ¿cuál sería la vía concreta?

Creo que es simple y sencillamente que la clase política panameña, especialmente los partidos que hacen la oposición, adopten una actitud constructiva. Nuestra política tiene que graduarse a niveles de mayor eficiencia. La Constitución dice que los partidos contribuyen a la formación y difusión de la conciencia cívica, que son forjadores de opinión pública. Pregúntese usted, ¿qué partido político hace la tarea de formar opinión pública? Yo propongo que busquemos que haya una propuesta específica de lo que se quiere reformar. Cuando determinemos qué se quiere reformar, automáticamente se desprende la mejor vía para hacerlo. Para reformar, por ejemplo, diez o quince artículos no cabe la convocatoria a una constituyente. Para eso basta ponernos de acuerdo.

¿Usted ha hecho el análisis de qué debe reformarse?

Por ejemplo, cuando se habla de separación del Órgano Legislativo y Ejecutivo, ¿qué debe existir? La Constitución dice que los órganos actúan separadamente, pero en armónica colaboración. Ese es el principio constitucional. De hecho, si en la Corte Suprema de Justicia, algún magistrado, una sala incurre en actividades que puedan considerarse delito, quién los juzga: la Asamblea. Si un diputado incurre en una conducta que pueda considerarse delito, ¿quién lo juzga? La Corte Suprema de Justicia. He escrito de eso varias veces; si el juzgamiento es recíproco, limita la posibilidad de un juicio imparcial. Entonces, separar el juzgamiento es una propuesta concreta. Para eso se proponía crear el tribunal constitucional en ese paquete de reformas. Ese tribunal creaba un triángulo para garantizar que nadie juzgaba a quien le tocaba hacerlo a él.

Propongo volver al sistema de 1946, que es elegir a los diputados por provincia. Pensamos que una de las cosas que primero hay que hacer es definir cuáles son las normas de la Constitución que debemos considerar como intocables, por ejemplo el título del Canal. ¿A quién se le ocurre qué se debe tocar? Pero si se convoca a una constituyente abierta, no existe ninguna limitación. Puede tomarse desde el artículo 1 hasta el 336. Además, creamos un clima de incertidumbre innecesaria. Hay que acabar con los decretos ley, elegir a los gobernadores (debieron ser electos), actualmente son una dependencia del Órgano Ejecutivo.

Hablamos de un país donde el poder está concentrado en la franja canalera. Eso es producto de la condición de tránsito en Panamá, una cabeza gigante y unos brazos que se desarrollaron muy poco hacia el interior del país..., por qué no pensamos en que se desarrolle un sistema federal donde la provincia tenga mayor autonomía. Esas serían propuestas muy concretas.

¿Cómo se interpreta que haya organizaciones políticas promoviendo la constituyente?

Es una contradicción, por ejemplo, que un dirigente de un partido político diga que el proceso debe estar despolitizado. No hay debate político más importante que el constitucional. Es una función prácticamente connatural a los partidos políticos, que promueven cambios constitucionales. Si usted dice, por ejemplo, este debe ser un movimiento apolítico. Pero es que el producto de ese movimiento va ser un estatuto fundamental y la constitución, antes que un instrumento jurídico, es un instrumento político. Y como instrumento político puede responder a realidades políticas. No se puede decir, por ejemplo, ahora nos olvidamos de que existe la política y la gente que no tiene ninguna afiliación es la que debe hacer la constitución. Es una dicotomía, que es insostenible como un experimento social y político. Eso no funciona. Por eso, yo no entiendo, por ejemplo, la contradicción que hay entre algunos de los proponentes de la iniciativa, que uno dice que hay que despolitizar y otro dirigente dice que hay que politizarla. El que dice que hay que politizar es quien tiene razón, en mi opinión, porque la constitución es fundamentalmente un instrumento político.

UN ABOGADO CON EXPERIENCIA
En dos ocasiones fue presidente del Consejo Permanente de la OEA, asesor presidencial.
Nombre completo: Juan Manuel Castulovich
Ocupación: Abogado
Resumen de su carrera: Realizó sus estudios superiores en la Universidad de Panamá y en la Universidad de Madrid. Ha ocupado importantes posiciones oficiales y gremiales, entre ellas viceministro titular de Relaciones Exteriores. En varias ocasiones estuvo encargado de la Cancillería de Panamá. Fue director ejecutivo en el Banco Interamericano de Desarrollo, embajador, representante permanente en la Organización de Estados Americanos (OEA).
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