El poder de una llamada

Actualizado
  • 05/08/2013 02:00
Creado
  • 05/08/2013 02:00
PANAMÁ. El 18 de junio de 2013, Virna Ayala, una abogada con al menos dos décadas de ejercicio legal en el país y que se ha especializad...

PANAMÁ. El 18 de junio de 2013, Virna Ayala, una abogada con al menos dos décadas de ejercicio legal en el país y que se ha especializado en cobros, llegó a la residencia de Bertrice Atie de Harrick, con quien mantiene un pleito legal por el cobro de 18,986.43 dólares. Eran cerca de las 11 de la mañana.

La intención de la visita de Ayala era ejecutar una diligencia de embargo por la cantidad antes mencionada. En efecto, ella y media docena de personas más se encontraban en esos menesteres mientras se acercaba el mediodía.

Durante casi dos horas la situación transcurría con normalidad, dentro de lo que cabe en una situación como esa. Sin embargo, exactamente a las 12:35 del mediodía, una llamada puso final a la actividad.

‘LICENCIADA, LA DILIGENCIA TERMINÓ’

F ue una frase directa y escueta, pero dio por finalizada la acción judicial que en ese momento completaba una hora y 48 minutos con precisión. La razón: una llamada telefónica.

Aunque no explica dónde o cómo fue localizada, Emily Jiménez, que actuaba como alguacil del Juzgado I de Circuito en la diligencia, le dijo a Ayala que todo estaba suspendido por supuestas ‘órdenes’ del magistrado Alejandro Moncada Luna.

El citado juez supremo es presidente del Pleno de la Corte Suprema de Justicia y el ponente en un amparo de garantías que fue utilizado como causa para la suspensión del trámite en la casa de Bertrice Atie de Harrick.

Pero la alguacil Jiménez no se quedó en palabras, ella lo dejó todo por escrito y en el informe de la diligencia plasmó sus razones. ‘Se suspende la diligencia toda vez que hay un amparo interpuesto por la señora Harrick y cuyo ponente es el magistrado Alejandro Moncada Luna’. (Ver gráfica).

Como la misma alguacil Jiménez le comunicó a la abogada Ayala, ella había recibido una llamada de la coordinadora de Presidencia de la Corte Suprema de Justicia; es decir, un telefonazo que bajó de las altas esferas.

Jiménez se reitera cuando escribe que la llamó la licenciada Ana Bouche, que se identificó como coordinadora de presidencia de la Corte y que le comunicó que debía detener el embargo.

Bouche aseguró que servía como canal para comunicar la orden del presidente de la Corte, a la sazón el jefe del Juzgado I de circuito donde labora Jiménez y de todos los juzgados.

‘ Yo pensé que los tiempos donde una llamada definía la acción de la justicia habían terminado’, dice Ayala cuando comenta esta situación. ‘Sin embargo, al ver que la aguacil escribió los hechos, no esperé más y empezamos a retirar nuestros peritos y personal’, explica Ayala, aunque para ella habría sido lo adecuado que el embargo se frenara mediante la presentación de un escrito que representara un recurso o acción legal de su contraparte.

LOS LAZOS

Bertrice Atie de Harrick es la madre de Danna Harrick, la actual directora del Consejo Nacional para el Desarrollo Sostenible (Conades), una oficina adscrita al Ministerio de la Presidencia.

Ambas, Bertrice y Danna, residen en la casa de Punta Paitilla donde ocurrieron los hechos.

En el Ministerio de la Presidencia, también trabaja Rodrigo Sarasqueta, en el lugar tiene el importante cargo de Secretario de Seguridad; es decir, Danna y él son funcionarios con mando y jurisdicción nacional.

Quizás lo más llamativo es que en la residencia de Bertrice y Danna también es importante el nombre de Sarasqueta. Esta última le dejó instrucciones firmadas y muy claras cerca de la puerta.

A la casa no está permitido el ‘ingreso de nadie’. En especial del señor Fred Harrick, según el mensaje que dejó en la cartulina. Todo trámite debe hacerse por ‘la ventanita’, añade.

En caso de que las cosas se complicaran con el señor Fred, cuya foto comple menta la cartulina, o con cualquier otra circunstancia, las instrucciones de Danna son llamar a su abogado, comunicarse con ella o con Rodrigo Sarasqueta, a quien identifica como abogado de Presidencia, además le anota dos teléfonos celulares donde supuestamente puede ser localizado. Luego de otras especificaciones en letra de molde y resaltado se lee la firma: ‘DANNA H’.

Según la querella de Ayala, Ana Bouche se comunicó con la alguacil del juzgado por ‘algún teléfono de la casa o de alguien en la casa’, pues Bouche desconocía el celular de la alguacil. ‘Bueno, al parecer son personas bien conectadas’, dice Ayala basándose en lo que leyó en la cartulina.

Incluso Sarasqueta ha sido incluido en una querella ante la Fiscalía Anticorrupción, que presentó Ayala.

EL SIGUIENTE PASO

Virna Ayala se retiró de la residencia Harrick al mediodía del 18 de junio. Pero sus recursos legales no ter minaron ahí.

El 26 de junio, una semana después del fallido embargo, Ayala acudió a la Fiscalía Anticorrupción en turno para presentar una querella penal por tráfico de influencias, abuso de autoridad e infracción de los deberes de los servicios públicos.

Los acusados en la querella de Ayala son Bertrice, Danna y Sarasqueta, por supuesto. Además, incluyó a Ana Bouche, quien hizo la llamada; a la secretaria general de la Corte Suprema, Yanixsa Yuen; y al abogado de las Harrick.

A Bertrice, Danna y Sarasqueta, los acusa de usar sus influencias y posición en el Ejecutivo para lograr la acción en las altas esferas de la Corte. A la licenciada Bouche, por interferir en un proceso judicial; y a Yuen, la secretaria de la Corte, porque aun siendo una funcionaria administrativa de la institución, firmó una orden judicial que suspendía la diligencia de embargo. (Ver gráfica)

La suspensión —tanto en el telefonazo como en la nota que suscribe la licenciada Yuen— se basa en la existencia de un amparo cuyo ponente es el magistrado presidente de la Corte, Moncada Luna. Pero sobre aquel recurso había ya una decisión del Juzgado I de Circuito en el sentido de que no era procedente que se utilizara para impedir el embargo. Esto de acuerdo a la juez Marieta Ábrego Santos. Sin embargo, en una decisión del propio 18 de junio que lleva la firma de la misma jueza, se ordena la suspensión del embargo debido a la existencia del amparo. Este ya existía desde la primera decisión de la jueza Ábrego Santos.

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