Mal estado de las vías: ciudadanos podrían reclamar indemnización al Estado

El proyecto de ley 311 fue aprobado en primer debate y establece indemnizaciones por daños causados por el mal estado de calles, aceras y puentes

La Comisión de Infraestructura Pública y Asuntos del Canal de la Asamblea Nacional aprobó en primer debate el proyecto de ley 311, una iniciativa que busca establecer un marco legal para indemnizar a ciudadanos, empresas y usuarios del transporte público por los daños ocasionados por el mal estado de las vías, aceras e infraestructuras públicas bajo responsabilidad del Estado o de empresas concesionarias.

La propuesta fue presentada por el diputado del Movimiento Otro Camino, José Antonio Pérez Barboni y debatida en una sesión marcada por la presentación de más de 40 modificaciones al texto original.

El proyecto plantea que las instituciones públicas asuman responsabilidad civil directa cuando la falta de mantenimiento de calles, avenidas, puentes o aceras provoque daños materiales o lesiones a peatones y conductores.

Durante la discusión, Pérez Barboni aclaró que la intención de la iniciativa no es generar una carga económica desmedida para el Estado, sino forzar un cambio de conducta en la gestión pública.

“La iniciativa original no busca que el Estado gaste millones de dólares indemnizando. Lo que busca es que el Estado mantenga las vías en buen estado, para que no tengamos que indemnizar a nadie”, sostuvo el diputado.

La normativa contempla indemnizaciones por daños vehiculares causados por huecos, grietas, alcantarillas sin tapa, deficiente señalización o iluminación, así como compensaciones para peatones que sufran lesiones debido al deterioro de aceras y puentes peatonales, incluyendo el reembolso de gastos médicos y posibles secuelas futuras.

Además, el proyecto incorpora disposiciones específicas para zonas rurales, donde se establece un plan progresivo para sustituir calles de tierra y puentes de madera por estructuras permanentes en un plazo máximo de ocho años.

Los procedimientos

El procedimiento para presentar reclamos también queda claramente definido. Los afectados tendrán un plazo de hasta 15 días calendario desde el incidente para presentar su solicitud, acompañada de pruebas como informes policiales, fotografías o videos recientes del daño y del estado de la vía.

Los juzgados de tránsito contarán con un máximo de dos meses para admitir o rechazar la reclamación y, una vez determinada la responsabilidad, las instituciones públicas deberán realizar el pago de la indemnización en un plazo no mayor de 18 meses. En el caso de empresas concesionarias o privadas, el pago deberá efectuarse en un máximo de dos meses.

Uno de los elementos que más debate generó fue la obligación de reparación. El proyecto establece que, tras una sentencia en firme, la entidad responsable tendrá un plazo máximo de 60 días calendario para corregir la condición de la vía o infraestructura que originó el daño, con el fin de evitar que se repitan situaciones similares.

A la par, la iniciativa incorpora sanciones para prevenir el fraude, imponiendo multas de $500 y posibles procesos penales a quienes presenten reclamos falsos o documenten de manera fraudulenta los daños.

Como parte de una visión a largo plazo, el proyecto de ley 311 ordena al Ministerio de Obras Públicas y al Ministerio de la Presidencia la elaboración de un Plan Nacional de Rehabilitación de Vías, con fases definidas de ejecución hasta el año 2036, orientado a corregir de manera estructural el deterioro de la red vial del país.

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