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- 09/12/2025 17:29
A través del Decreto Ejecutivo No. 37, del 5 de diciembre de 2025, emitido por el Ministerio de Gobierno, el cual establece un horario especial para los servidores públicos durante las fechas festivas de fin de año.
De acuerdo con el decreto, las oficinas públicas deberán laborar en su horario regular únicamente hasta las 12:00 del mediodía los días 24 y 31 de diciembre, quedando prohibido que las entidades del Estado establezcan horarios distintos a los fijados en la norma.
El documento señala que la decisión busca permitir que los funcionarios públicos puedan prepararse y compartir en familia durante la Nochebuena y el último día del año, celebraciones tradicionalmente arraigadas en la sociedad panameña.
No obstante, el decreto contempla excepciones para aquellas instituciones que, por la naturaleza de los servicios que prestan, deben mantenerse operativas.
Entre ellas figuran los hospitales, clínicas y centros de salud del Ministerio de Salud y de la Caja de Seguro Social; el Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales (Idaan); el Benemérito Cuerpo de Bomberos; el Sistema Nacional de Protección Civil (Sinaproc).
Además, se exceptúan de esta norma la Autoridad del Tránsito y Transporte Terrestre; el Metro de Panamá; el Servicio Nacional de Migración; la Fuerza Pública; la Autoridad Aeronáutica Civil; Tocumen S. A.; la Autoridad Nacional de Aduanas y la Autoridad de Aseo Urbano y Domiciliario, entre otras.
También permanecerán operativas las entidades vinculadas al comercio internacional que presten servicios en recintos portuarios y aeroportuarios.
En cuanto al sector bancario, el decreto establece que las instituciones financieras se regirán por lo dispuesto en la Resolución S.B.P. No. 124-006 del 4 de diciembre de 2006.