Trabajadores del sector público podrán sindicalizarse

Actualizado
  • 10/01/2019 01:00
Creado
  • 10/01/2019 01:00
La iniciativa exceptúa de este derecho al personal juramentado de los servicios de policía que formen parte de la Fuerza Pública

La Comisión de Trabajo de la Asamblea Nacional aprobó, en primer debate, el proyecto de Ley número 500 que otorga a los trabajadores del sector público el derecho de crear sindicatos, de huelga y de negociación colectiva, así como un adecuado y eficaz sistema de solución de conflictos.

‘Con el objetivo de garantizar el reconocimiento y plena vigencia de los derechos de asociación sindical en el sector público, la Comisión de Trabajo aprueba en primer debate el proyecto de ley No. 500...', informó la Asamblea Nacional en su cuenta de Twitter.

El proyecto de ley había sido aprobado en primero debate en abril del año pasado. Sin embargo, después fue devuelto para ampliar las consultas. Durante el debate del pasado martes participaron el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, Federación Nacional de Servidores Públicos (Fenasep) y otros gremios.

‘Todos los servidores públicos podrán formar organizaciones sindicales, sin necesidad de autorización previa y afiliarse a las mismos, cualquiera que sea el oficio, profesión o sector en que laboren', señala el artículo tercero del proyecto de ley que fue propuesto por los diputados de la Comisión de Trabajo de la Asamblea.

La iniciativa exceptúa de este derecho al personal juramentado de los servicios de policía que formen parte de la Fuerza Pública y el que preste servicios de esa naturaleza en otras instituciones públicas.

También a los funcionarios elegidos por elección popular, los ministros de Estado, los directores nacionales y regionales de entidades centralizadas y descentralizadas, los nombrados por periodo fijo establecido en la Constitución, entre otros cargos designados de manera temporal.

Las organizaciones sindicales que se constituyan serán personas jurídicas capaces de ejercer derechos y contraer obligaciones, y estarán exentas de cubrir los impuestos nacionales que pesen sobre sus bienes, establece la propuesta.

En una misma institución solo podrá constituirse un sindicato institucional, sin perjuicio de que, además, los servidores públicos que laboren en la misma se organicen o se afilien a sindicatos de otra naturaleza.

El proyecto de ley debe ser aprobado en segundo y tercer debate y luego ser sancionado por el Ejecutivo para que se convierta en ley de la República.

PROPUESTA Y DERECHO

El derecho a la sindicalización solo ha existido para el sector privado.

Los trabajadores del sector público solo tienen derecho a crear asociaciones de empleados.

Con la creación de sindicatos pueden negociar convención colectivas.

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