El sistema presidencialista necesita mejores controles

Actualizado
  • 27/01/2016 01:00
Creado
  • 27/01/2016 01:00
Se prefiere la reforma de la Constitución actual por encima de una asamblea constituyente

Ante la crisis institucional que sortea con dificultad el país, un grupo de expertos juristas consultados por La Estrella de Panamá considera que el sistema político vigente requiere más y mejores controles contra los excesos administrativos en los que puede incurrir el jefe del Estado.

El origen está en la propia Constitución Política de la República de Panamá, que guarda la inspiración militar de los años 70, y le da plenos poderes al Ejecutivo.

Elaborada en 1972, aunque varias veces modificada, en el Artículo 2 del Título I sobre el Estado Panameño, queda establecida la separación de poderes, sin embargo, en la práctica, las facultades del presidente están por encima.

Por ley de la República, es decisión del gobernante escoger a funcionarios claves para el funcionamiento de la justicia y la gestión de la administración, como el Procurador de la Nación, el Jefe de la Policía y los gobernadores de provincia.

También el nombramiento de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia depende del Gabinete, que encabeza el presidente.

En el caso del contralor, el máximo fiscalizador del país, aunque elegido por la Asamblea Nacional, su nombramiento debe ser ratificado por el presidente.

En la Asamblea Nacional, elegidos por votación directa, se siente también la influencia del Ejecutivo, a través de la bancada oficialista.

En la primera legislatura, por ejemplo, se consolidó una alianza política que llevó a un panameñista, el diputado Adolfo Valderrama, a la presidencia de este órgano, aun cuando el partido carecía de mayoría.

A través de un ‘pacto de gobernabilidad' que se firmó entre los diputados de los partidos Revolucionario Democrático y Panameñista, se permitió al gobierno de Juan Carlos Varela alcanzar la presidencia del legislativo, que juzga al presidente y aprueba leyes.

El analista Mario Rognoni señaló que los panameñistas saben que para gobernar lo que necesitan es el apoyo de la Asamblea y ‘eso lo están negociando directamente, sin pedirle a los diputados que se cambien de tolda'.

Los nombramientos que cada diez años hace el Ejecutivo de los jueces de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) también generan dudas sobre la independencia de poderes. Y hay quienes señalan que esa facultad debe retirársele al presidente.

El constitucionalista Ernesto Cedeño es uno de ellos. Considera que el presidente ‘puede nombrar a magistrados amigos que puedan fallar a su favor en causas que sean sensitivas o que sean convenientes para el país o para él'.

Juan Carlos Araúz, vicepresidente del Colegio Nacional de Abogados (CNA), piensa, a su vez, que ‘se debe limitar el presidencialismo para fortalecer la separación de las funciones de los órganos del Estado'.

En este sentido, Araúz agrega que ‘la existencia de contrapesos en los planes de un presidente obliga a consensos para el desarrollo del país. Esto garantiza la discusión de temas de importancia nacional y no se queda sujeto a un plan de gobierno elaborado al calor de una campaña política'.

Por su parte, Roberto Eisenmann, empresario y estudioso de los procesos constituyentes, señala que existen formas de reducir el poder al jefe del Estado sin caer en un gobierno parlamentario, como el que se ejerce en Europa, por ejemplo.

Este régimen implica que los parlamentarios detentan el poder de las decisiones del país, por encima de otros órganos del Estado.

Para Eisenmann, este sistema no coincide con nuestra cultura. El empresario apuesta por crear leyes, como la de descentralización, que consigna fondos a las comunidades y que pueden ser administrados por sus alcaldes.

A juicio de Eisenmann, este es un primer paso hacia la reducción del presidencialismo ‘y muy poca gente se ha dado cuenta'. En cuanto a una constituyente, el empresario apuesta por una reforma, con dos asambleas y una consulta popular.

En su análisis contempla que no existe el clima político para armar una asamblea constituyente con gente seria y conocedora del tema judicial.

La vigente Constitución Política de la República de Panamá fue elaborada en 1972, en pleno gobierno militar.

Desde entonces, el texto ha sido modificado en cuatro ocasiones en distintos momentos de la vida nacional: 1978, 1983, 1994 y 2004, pero sin cambios de fondo.

Arturo Hoyos, expresidente de la Corte Suprema de Justicia, considera que el sistema presidencialista está arraigado en nuestros países ‘y es aquí donde debemos anclarnos, pero atenuado'. El exjuez considera que se debe defender un Estado fuerte en el que las instituciones logren que las actuaciones de los gobernantes se ajusten al derecho', para evitar excesos.

Hoyos concluye que los problemas del sistema político radican en el excesivo poder del dinero en las campañas electorales, la debilidad de las instituciones de control, la desigualdad y el bajo nivel educativo.

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‘Hay que limitar el presidencialismo para fortalecer los otros órganos',

JUAN C. ARAÚZ

COLEGIO DE ABOGADOS

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‘Es factible una reforma constitucional, con dos asambleas y una consulta popular',

ROBERTO EISENMANN ANALISTA

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